Reforma de la fiscalidad

La armonización fiscal como peaje a la autonomía tributaria

El impuesto sobre el patrimonio supone una imposición reiterada y es abolible y sustituible por otras formas de gravamen de la riqueza. El de sucesiones, no

Ley fraude fiscal

Ley fraude fiscal / Unsplash

Guillem López Casasnovas

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La preocupación por la armonización no es un tema interno de la España de las autonomías: la Unión Europea sigue los mismos derroteros, y Holanda o Irlanda son sus 'madriles'. Y fuera de la Unión, se combaten todos estos paraísos fiscales que minan la conciencia ciudadana y avergüenzan con los comportamientos infames de algunos de sus ciudadanos más distinguidos. A todo ello la OCDE y la Unión Europea dedican directivas de armonización y convergencia, bien aceptadas por la doctrina liberal; la de muchos de aquellos que, en clave interna española, se pronuncian en favor de la competencia fiscal contra la armonización. Lo que no se quiere internacionalmente para el Estado español (la erosión de bases fiscales) desde el nacionalismo que practican, no les importa en un Estado autonómico en el que de hecho no creen, ni necesitan, desde su privilegio particular.

Por tanto, si el freno al exceso en el ejercicio de la autonomía tributaria es la responsabilidad ante el contribuyente, la competencia fiscal es el ejercicio irresponsable de esa autonomía. A todo ello se pueden añadir, obviamente, consideraciones redistributivas, ya que cuando este vaciado fiscal se ejerce sobre los impuestos personales de riqueza y renta se mina la progresividad que ha de tener el sistema fiscal tal como exige la Constitución que tanto aprecian. Otro precepto constitucional que aquellos que se autodenominan constitucionalistas parecen desconocer.

De ahí que quien se preocupe de adaptar nuestro sistema fiscal para un mejor funcionamiento de la economía, volviendo a la correcta asignación de recursos, no interferida o solo mínimamente por los excesos de gravamen, se deba preocupar por el dislate actual que supone el ejercicio, por parte de algunas comunidades autónomas, de la autonomía fiscal en el gravamen de la riqueza: esto es, en patrimonio neto y sucesiones.

Nótese que el análisis técnico no es enjuiciar su abolición; este es un tema ideológico, ya que las constataciones empíricas basadas en quién paga o no paga hoy el impuesto no es un argumento de abolición sino para su reforma. O el debate acerca de si estos impuestos se deberían haber transferido a las comunidades autónomas. Son decisiones políticas. No escondo en ningún caso mi opinión: el impuesto sobre el patrimonio en condiciones normales supone una imposición reiterada, de modo que todo es abolible y sustituible por otras formas de gravamen de la riqueza. El de sucesiones, no. He mantenido mi posición contra viento y marea, incluso antes que opiniones más reputadas o influyentes, como el propio 'The Economist', se pronunciara a favor de su mantenimiento, tanto por cuestiones de eficiencia (no hay doble gravamen en herencias) como también de equidad (justificante de la meritocracia y legitimador en buena medida del propio sistema capitalista).

A la hora de reformar el marco actual que configura el sistema tributario español (el cuadro de impuestos actuales) y la delegación de potestades normativas en los impuestos cedidos a las comunidades de régimen común, para su armonización existen diferentes posibilidades. Arbitraje lo hay también entre activos (reales y financieros) o en materia funcional (tipos de retribución, métodos para financiar inversiones), o en fórmulas empresariales (societarias, estimaciones modulares, franquicias en indirectos, etc) y clases de transacciones (digitales, de criptomonedas versus tradicionales). Todas ellas merecen atención ya que además de distorsiones en las decisiones económicas son a veces puertas abiertas al fraude o a la elusión fiscal. La falta de armonización territorial autonómica, al ser más visual e interpretable políticamente, está recibiendo sin embargo mucha más atención en los medios y entre la ciudadanía.  

En este último terreno, aunque no hay un 'first best' en la disyuntiva entre armonizar centralizadamente y mantener autonomía tributaria descentralizada, su resolución pasa por un reequilibrio de poderes. Y, probablemente, hoy se haya de ver como el peaje que una comunidad autónoma que quiera ejercer su responsabilidad fiscal ha de pagar en la situación actual, para preservar sus bases fiscales y poder ejercer aquella autonomía efectivamente.  

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