Decisión del Tribunal Constitucional
Canon digital: nuevo varapalo a la Hacienda catalana
El espacio fiscal para la creación de tributos propios de las comunidades autónomas es verdaderamente limitado
Benjamí Anglès Juanpere
Profesor de Derecho Financiero y Tributario de la UOC.
BENJA ANGLÈS
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el llamado canon digital catalán por considerar que este impuesto entraría en conflicto con el IVA, que ya se paga en todo el territorio del Estado y, por lo tanto, se trataría de una doble imposición.
El impuesto de la Generalitat sobre la provisión de contenidos por parte de las prestadoras de servicios de comunicaciones electrónicas entró en vigor en el 2014 y cobraba a las operadoras de internet 25 céntimos por cada usuario cuya conexión fija o móvil estuviera en territorio catalán, siendo su recaudación finalista al destinarse a financiar proyectos impulsados por el sector audiovisual de Catalunya. Según la agencia tributaria catalana se vendrían ingresando por este impuesto alrededor de 20 millones de euros anuales.
La declaración de inconstitucionalidad de este impuesto se suma a la anulación de otros impuestos adoptados por la Generalitat en los últimos años, como el impuesto a la producción de energía nuclear, a los depósitos bancarios, sobre la aviación comercial, o sobre determinadas instalaciones industriales y de combustión, por un montante que excedería de los 1.000 millones de euros de recaudación anual, siempre con el argumento de que se trataría de impuestos que duplicarían otros ya existentes al someter a tributación hechos imponibles ya gravados por la Hacienda estatal.
CINCO DE DOCE
No obstante, esta vez la diferencia ha sido la falta de unanimidad del alto tribunal, puesto que cinco de los 12 magistrados que lo componen han emitido voto particular en contra de la anulación del canon digital catalán al considerar que no duplicaría el IVA, de modo que su exigencia sería compatible con la del impuesto estatal. En todo caso, su criterio no ha sido el mayoritario.
Por consiguiente, un nuevo varapalo a la Hacienda catalana, cuyas dificultades en su incesante búsqueda de nuevos ingresos hacen evidente lo que desde la Academia se viene apuntando desde los inicios del Estado autonómico, el espacio fiscal para la creación de tributos propios de las comunidades autónomas es verdaderamente limitado, dificultando el ejercicio de una plena autonomía política si no es posible contar con una suficiente autonomía financiera.
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