comisión
La banca podrá cobrar hasta tres euros al mes por las cuentas básicas
Los colectivos más vulnerables tendrán un precio menor o incluso gratuito por el servicio
El Gobierno ha decidido que los bancos podrán cobrar una comisión máxima de tres euros al mes (36 euros al año) a los clientes que contraten una cuenta de pagos básica. Además, el servicio será aún más barato o incluso gratuito para "aquel colectivo de personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera". Así aparece recogido en el borrador de la orden ministerial que regula este producto financiero, ideado por la Unión Europea para lograr que el acceso a la banca sea un derecho prácticamente universal, según ha adelantado 'Cinco Días'.
España es un país altamente bancarizado y la mayoría de los ciudadanos tiene acceso a una cuenta, pero la ley aprobada a finales del año pasado va a permitir acceder a ella a personas que hasta ahora estaban excluidas del sistema financiero por no ser rentables para los bancos, incluso aunque no tengan domicilio fijo. Solo quedan fuera las personas que puedan ser expulsadas del país, quienes no aporten la información requerida por el banco para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y aquellos que puedan perjudicar a los "intereses de la seguridad nacional o de orden público".
El Ejecutivo de Rajoy incorporó la directiva europea que regulaba estas cuentas a la legislación española con más de un año de retraso, pero dejó para más adelante la fijación de las comisiones. El Ministerio de Economía de Nadia Calviño, así, ha elaborado un borrador de la norma que fijará la comisión mensual de tres euros por los servicios de estas cuentas: la apertura, utilización y cierre de cuenta; depósito de fondos; retiradas de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros de la Unión Europea; pagos con una tarjeta de débito o de prepago, incluidos pagos por internet dentro de la Unión Europea; y hasta 200 transacciones anuales dentro de la Unión Europea como adeudos y transferencias, incluidas órdenes permanentes.
La orden ministerial también recuerda que disponer de la cuenta de pago básica no obliga a contratar otros productos o servicios de la entidad. Asimismo, habilita al Banco de España para dictar las normas precisas para el desarrollo y ejecución de esta orden y, en particular, para que establezca el contenido y formato del estado de comisiones que las entidades deben entregar a los clientes.
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