CORONAVIRUS
Dos juzgados tumban el confinamiento de positivos de covid ordenado por el Ayuntamiento de Mataró
Consideran que el confinamiento domiciliario supone "una limitación de derechos fundamentales que excede del ámbito competencial propio"
El juzgado contencioso administrativo 3 de Barcelona ha tumbado el confinamiento domiciliario de positivos de covid-19 ordenado por el Ayuntamiento de Mataró. Se trata de la segunda resolución en esta dirección, ya que este miércoles otro juzgado también tumbó el confinamiento de positivos decretado por el consistorio.
También en este caso, la juez considera que el confinamiento domiciliario supone "una limitación de derechos fundamentales que excede del ámbito competencial propio" del consistorio. Añade que un alcalde sí podría recomendar confinamiento pero destaca que no hay normativa que lo autorice, ya que una medida así es competencia de la Generalitat. Por ello, no otorga la autorización judicial pedida por el consistorio.
En este sentido, recuerda que la ley contempla la posibilidad de que la autoridad sanitaria adopte las medidas necesarias para controlar enfermos o contactos de éstas en el caso de enfermedades transmisibles pero insiste en que no da competencias a los alcaldes. Tampoco avala que los decretos y la normativa aprobada a raíz de la pandemia del covid-19 autorice a los alcaldes a tomar este tipo de medidas.
Rebrote en el barrio de Cerdanyola
Hay que recordar que el miércoles de la semana pasada se detectó un rebrote de coronavirus en el barrio de Cerdanyola de Mataró en seis miembros de una misma unidad convivencial.
El Ayuntamiento apuntaba entonces que los contagiados se encontraban confinados en su domicilio e indicaba que se habían activado todos los protocolos necesarios para hacer el seguimiento pertinente y asegurar que se encontraran en buenas condiciones.
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