Campaña del IRPF
Renta 2021: Madrid, la comunidad autónoma con más deducciones en la renta.
Ya queda poco para presentar la declaración de la renta. Si eres de esos rezagados que aún no lo ha hecho, es importante que sepas que existen deducciones que pueden hacer que pagues menos. Una parte de ellas son deducciones estatales, por lo que son comunes a todas las comunidades autónomas, pero hay otras que son deducciones autonómicas y varían de una comunidad a otra.
Estas deducciones son beneficios que cada comunidad autónoma ofrece a la gente que vive allí, para que paguen algo menos de impuestos. Se pueden calificar de descuentos que se aplican a la cuota íntegra autonómica.
Tramos de IRPF autonómico
Esta cuota íntegra autonómica se obtiene después de haber restado los mínimos personales y familiares a tu base imponible y después de haber aplicado los tramos de IRPF autonómico a tu base liquidable autonómica.
Para poder beneficiarte de esas deducciones para la renta, tienes que haber residido en la comunidad autónoma en cuestión un mínimo de 183 días (medio año) durante el 2021.
Cerca de 265 deducciones
En total para el ejercicio de 2021-2022 existen aproximadamente 265 deducciones. La Comunidad Autónoma que más deducciones presenta es la Comunidad de Madrid ya que, además de las reducciones de carácter general, se le suman otras complementarias que hay que tener en cuenta a la hora de liquidar este impuesto directo.
En comparación con las deducciones que se computan en Catalunya -y que permite ahorrar algo a los catalanes- , Madrid presenta hasta 13 deducciones:
- Por nacimiento o adopción de hijos.
- Por adopción internacional de niños.
- Por acogimiento familiar de menores.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad.
- Por arrendamiento de la vivienda habitual.
- Por donativos a fundaciones y clubes deportivos.
- Por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés (no aplicable en 2021).
- Por gastos educativos.
- Por cuidado de hijos menores de 3 años.
- Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
- Para el fomento del autoempleo de jóvenes menores de 35 años.
- Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.
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