Ayudas

Así puedes solicitar el complemento pensión no contributiva en Catalunya

Para mayores de 65 años que no pueden acogerse al sistema contributivo de pensiones y no tienen recursos económicos suficientes

Dos jubilados sentados en unas sillas en la calle.

Dos jubilados sentados en unas sillas en la calle.

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De la pensión por jubilación no contributiva se pueden beneficiar personas de nacionalidad española y extranjeros con residencia legal que cumplan con los requisitos establecidos y consiste en una prestación económica individualizada, de carácter periódico, para personas que no pueden acogerse al sistema contributivo de pensiones y no tienen recursos económicos suficientes. El importe mínimo de esta ayuda es de 121,15 euros y el máximo de 484,61 euros durante 14 mensualidades al año.

Los requisitos generales para optar a esta pensión se resumen en:

  1. Tener 65 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud.
  2. Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años entre la edad de 16 años y la edad de meritación de la pensión. De estos 10 años, 2 deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.
  3. No superar el nivel de recursos establecido: el solicitante no puede disponer de ingresos iguales o superiores al importe anual (6.784,54 euros) de la pensión no contributiva. Tampoco pueden superar el límite de recursos establecidos las personas con las que conviva la persona solicitante y estén unidas por un vínculo de matrimonio (cónyuge) o por vínculos de consanguinidad hasta el segundo grado (padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos). Se considera ingreso, tanto de la persona solicitante como de los familiares con los que convive, cualquier ingreso de rentas de trabajo, de capital, de bienes inmuebles, de prestaciones o pensiones, etc.

Esta ayuda se puede solicitar en cualquier momento e, inicialmente, para pedirla no se requiere ningún documento, ya que los requisitos necesarios para percibir esta prestación son comprobados mediante la información disponible en las diferentes Administraciones Públicas y accesibles a través de los servicios y consultas de interoperabilidad existentes. En el caso de necesitar algún tipo de información adicional, ésta será solicitada mediante un requerimiento.

Si la ayuda se quiere solicitar de manera presencial hay que acudir a una oficina de atención ciudadana, es recomendable acudir con cita previa mediante esta web o llamando al 900 400 012. Allí habrá que aportar y acreditar la siguiente información al personal:

  • Documento identificador de la persona solicitante (DNI, NIE, etc.) para poder acreditar:
  • En el caso de personas nacionalizadas en los últimos 10 años, hay que informar el número de NIE anterior.
  • Períodos de residencia en el territorio español de 10 años.
  • En el caso de NIE, es necesario informar y acreditar el certificado de extranjería de los últimos 10 años emitido por la Dirección General de Policía (Sección de Extranjería).
  • Dirección de correo electrónico de la persona solicitante o de algún familiar o persona de confianza.
  • Datos bancarios (IBAN de la cuenta bancaria de la que la persona solicitante es titular).
  • En el caso de recibir una prestación del extranjero hay que informar y acreditar: la fecha de inicio de percepción, la periodicidad y el importe percibido, el número de pagas y el organismo pagador de la prestación (de la persona solicitante y de las personas de su unidad de convivencia).
  • En el caso de estar divorciado/a o separado/a, y disponer de un convenio donde se regule esta situación, hay que aportar y acreditar: la fecha de inicio de la vigencia del convenio, la periodicidad y el importe percibido, el número de pagas y el nombre y apellidos del cónyuge (de la persona solicitante y de las personas de su unidad de convivencia).
  • En el caso de haber trabajado el último año, hay que informar y acreditar los períodos de actividad laboral y los importes asociados (de la persona solicitante y de las personas de su unidad de convivencia).
  • En el caso de haber percibido una prestación de desempleo, hay que informar y acreditar los períodos y los importes asociados (de la persona solicitante y de las personas de su unidad de convivencia).

Para solicitarla por internet se debe disponer de certificado digital válido o IdCat Mòbil y del navegador Chrome (versión 60 o superior). Contando con esto:

  • Acceder al formulario electrónico de solicitud validando la sesión con el certificado digital.
  • Rellenar, paso a paso, el formulario electrónico de solicitud siguiendo las indicaciones que contiene. Si por algún motivo se detiene, la solicitud se guardará como borrador y se podrá terminar de rellenar más tarde accediendo y validando de nuevo la sesión.
  • Leer detenidamente el paso de comunicaciones del Departamento a la persona solicitante.
  • Firmar electrónicamente el formulario de solicitud. El formulario no le permitirá firmar si no se han rellenado correctamente todos los datos obligatorios.
  • Una vez firmado, el formulario se enviará automáticamente y se recibirá el acuse de recibo con una copia del formulario.

Se debe tener en cuenta que esta prestación es incompatible con el Fondo de Asistencia Social (FAS) por vejez o por enfermedad, con el subsidio de garantía de ingresos mínimos, con el subsidio de asistencia de tercera persona de la LISMI y con la condición de causante de la prestación económica por niño a cargo de la Seguridad Social.