Aumento del 5%
El Gobierno sube el SMI a 1.134 euros: "Va a mejorar la vida de 2,5 millones de trabajadores"
Hacienda modifica también las exenciones del IRPF para evitar recaudar más con la revalorización
La subida del SMI, en 5 claves: ¿Cuánto le costará a las empresas? ¿Qué trabajadores se beneficiarán?
Gabriel Ubieto
Redactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, pero antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de este martes la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.134 euros brutos al mes (en 14 pagas). El Ejecutivo hace oficial el pacto alcanzado previamente con los sindicatos y que no cuenta con el aval de los empresarios. "Va a mejorar el nivel de vida de 2,5 millones de trabajadores", ha declarado la portavoz del Gobierno, Pilar Alegría. En Catalunya, extrapolando esos datos, serían unos 300.000 asalariados los beneficiados.
"Política útil", tal como la ha definido la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, que también ha anunciado la transposición de la directiva de condiciones laborales transparentes. Esta, entre otros, obliga a todas las empresas a detallar el salario base y los complementos en el contrato, así como el horario, el periodo de prueba o el centro de trabajo. También limita la capacidad unilateral de las empresas para reducir el número de horas de los asalariados a tiempo parcial.
La subida del SMI es del 5%, desde los hasta ahora vigentes 1.080 euros y permite a sus beneficiarios ganar poder adquisitivo, ya que la revalorización está un punto y medio por encima de la inflación media registrada en 2023. Y será con efectos retroactivos a 1 de enero, lo que obligará a las empresas a abonar una 'paguilla' compensatoria por el atraso correspondiente al primer mes del año. La obligación de las compañías pasa por abonar ese 'extra' en la próxima nómina de este febrero.
Ningún trabajador a jornada completa en España podrá cobrar a partir del miércoles, cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) oficialice la revalorización, menos de 1.134 euros brutos al mes (en 14 pagas). O 1.323 euros brutos al mes si, como es habitual, las compañías prorratean en 12 pagas el sueldo.
En términos anuales el suelo salarial sube a 15.876 euros brutos y en términos hora a 8,87 euros. Esta última referencia es especialmente relevante para las empleadas del hogar, colectivo que habitualmente cobra por hora y según el SMI.
El cómputo por día trabajado pasa a ser de 37,8 euros brutos, excepto en el caso de los trabajadoras eventuales, así como de los temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días. Para ellos la cuantía del salario no podrá ser inferior, en ningún caso, a 53,71 euros por jornada.
Riña entre socios zanjada
El Gobierno también ha logrado solventar una disputa entre socios que se encargó de visibilizar en pública este pasado lunes el 'número 2' de Yolanda Díaz. El Consejo de Ministros ha dado luz verde a la transposición de la directiva de condiciones laborales transparentes, una obligación legal que tenía pendiente el Ejecutivo desde agosto del 2022.
Sobre esta cuestión hubo diferencias internas en la coalición, principalmente, según la versión de Sumar, sobre el blindaje a los trabajadores a tiempo parcial -unas 2,6 millones de personas, la gran mayoría mujeres-. Aquí los de Yolanda Díaz querían vetar que una empresa pudiera rebajar el número de horas que un contratado a tiempo parcial realiza a la semana. Y el PSOE, según esa misma versión, se negaba a ello. Finalmente se ha impuesto la visión de Sumar, tal como ha anunciado Díaz en rueda de prensa.
A falta de ver la letra pequeña de la norma que publique este miércoles el BOE, ahora las empresas están obligadas a ampliar la información que dan a sus plantillas. Por ejemplo, deberán comunicar por escrito los elementos esenciales de la relación laboral y si quieren modificarlas. La duración máxima del periodo de prueba no podrá ser ampliable por convenio y las direcciones no podrán obstaculizar el pluriempleo de sus trabajadores a tiempo parcial, entre otros.
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