¿Has agotado el paro? Las 5 ayudas del SEPE que puedes pedir en octubre

Aviso del SEPE: Tu prestación por desempleo puede variar con estas condiciones

La ayuda del SEPE para parados mayores de 45 años: 480 euros mensuales que se pueden pedir online

El SEPE pone en marcha una nueva ayuda de 600 euros: todas estas personas pueden pedirla

Oficina de Trabajo en el barrio de Poblenou de Barcelona.

Oficina de Trabajo en el barrio de Poblenou de Barcelona. / Zowy Voeten

Lola Gutiérrez

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El paro es la prestación por desempleo o subsidio por desempleo que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a los trabajadores que han perdido su empleo de forma involuntaria. Esta prestación tiene como objetivo proporcionar un apoyo económico a las personas desempleadas mientras buscan un nuevo empleo.

En general, puedes cobrar el paro durante un período que varía de 4 a 24 meses, dependiendo de tu situación.

Pero si has agotado la prestación por desempleo, puedes solicitar otras ayudas y subsidios al SEPE si cumples con ciertos requisitos. Estas son algunas de las opciones disponibles:

Subsidio por insuficiencia de cotización

Subsidio por insuficiencia de cotización

Es la ayuda destinada a personas desempleadas que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva de la Seguridad Social pero sí lo han hecho cotizado al menos 360 días durante los últimos seis años. Además, deben cumplir otros requisitos, como estar inscritos como demandantes de empleo, carecer de rentas y patrimonio suficiente, y estar en situación de necesidad -sus ingresos no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional-.

Renta Activa de Reinserción

Renta Activa de Reinserción

Es una ayuda de 480 euros mensuales, que se otorga por periodos de 11 meses renovables hasta tres veces (en total 33 meses). Se concede en cuatro situaciones, dos de ellas para desempleados de larga duración, que son para desempleados de larga duración mayores de 45 años, y Renta Activa de Reinserción (RAI) para desempleados de larga duración con discapacidad igual o superior al 33%. Se considera que es parado de larga duración el trabajador que ha estado inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo al menos 12 o más meses, es decir, un año apuntado al paro y además cumple el resto de requisitos generales de la ayuda: carecer de rentas, llevar a cabo la búsqueda activa de empleo y haber agotado a lo largo de su vida laboral alguna prestación o subsidio por desempleo. El Servicio Estatal de Empleo tiene una guía que explica cómo apuntarse.

Mayores de 52 años

Mayores de 52 años

Los desempleados de más de 52 años que no tengan derecho a cobrar una prestación contributiva pueden optar a recibir un subsidio de 480 euros mensuales que podría ampliarse hasta la edad de jubilación legal siempre y cuando no encuentren antes un trabajo. Los requisitos para poder cobrarla es estar buscando empleo de forma activa y no tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Mayores de 45 años sin cargas familiares

Mayores de 45 años sin cargas familiares

Se trata de una ayuda de 480 euros para aquellos parados de más de 45 años que hayan agotado su prestación contributiva de desempleo sin haber conseguido un nuevo trabajo y que, además, cumplan otra serie de requisitos, como no tener cargas familiares. Esta ayuda está también está supeditada a la renta del beneficiario, que deberá demostrar que no percibe más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (810 euros al mes) para conseguirla o mantenerla y debe haber cotizado un mínimo de 3 meses. Esta ayuda no podrá percibirse durante más de seis meses. En caso de agotarla sin encontrar un nuevo empleo o cualquier otro medio de vida, podría optar por solicitar otro tipo de prestaciones como, por ejemplo, la Renta Activa de Inserción. Si se tiene 52 años o más, también se contemplan otras ayudas.

Personas con gente a su cargo

Personas con gente a su cargo

El subsidio del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) conocido como Ayuda Familiar es una asignación mensual pensada para desempleados de larga duración y cargas familiares que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo. Desde enero de 2023, asciende a 480 euros al mes -anteriormente estaba fijada en 463,21 euros-, que se corresponde al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La ayuda, que se puede prorrogar por un máximo de 30 meses, se concederá a personas desempleadas que estén inscritos como demandante de empleo, hayan agotado la prestación contributiva por desempleo, tengan cargas familiares -hijos menores o hijos con una discapacidad reconocida- y no tengan rentas mensuales superiores a 810 euros. La ayuda se va concediendo cada seis meses, renovando prórrogas.

Hay que tener en cuenta que los requisitos y las condiciones para acceder a estas ayudas pueden cambiar con el tiempo y dependen de la legislación vigente en cada momento.