Sexto paquete anticrisis
Cheque de 200 euros para alimentación en 2023: quién puede pedirlo y dónde solicitarlo
El Gobierno ha previsto una partida de 1.200 millones de euros para esta línea y cada ayuda se abonará mediante transferencia bancaria
El cheque de 200 euros para familias vulnerables anunciado este martes por el Gobierno podrá solicitarse desde el 15 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2023 en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Esta es una de las medidas incluidas en el real decreto ley aprobado este martes por el Ejecutivo para hacer frente al impacto de la guerra en Ucrania en la economía y que este miércoles se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con entrada en vigor inmediata.
¿Quién podrá beneficiarse?
La ayuda está prevista para personas físicas con hasta 27.000 euros de renta anual en 2022 y que tuvieran un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de este año, por lo que podría llegar a 4,2 millones de hogares para "paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado principalmente por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania".
El Gobierno ha previsto una partida de 1.200 millones de euros para esta línea y cada ayuda se abonará mediante transferencia bancaria.
Los beneficiarios deberán haber realizado durante 2022 una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o haber sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo, además de que deben tener la residencia habitual en España.
Incompatibilidades
Según detalla el decreto ley, no tendrán derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el ingreso mínimo vital o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado y tampoco quienes fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil.
También detalla que se transferirá a las Instituciones Navarras y a las Instituciones Vascas las cantidades correspondientes a los NIF de los posibles beneficiarios que estén domiciliados en esas comunidades autónomas.
Los pagos correspondientes se realizarán por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, previa provisión de fondos por el Tesoro Público, mediante transferencia bancaria.
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