Tributos
¿Dónde se paga el impuesto del patrimonio?
Andalucía sigue la estela de la Comunidad de Madrid y decide bonificar al 100% el gravamen
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Andalucía sigue la estela de Madrid. El presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno Bonilla, ha anunciado que aplicará una bonificación del 100% en el impuesto del patrimonio, al igual que su correligionaria Isabel Diaz Ayuso. El gravamen, cedido a las autonomías y nacido en 1977 como impuesto "extraordinario" se reinstauró en 2011 tras la crisis que estalló en 2008 y para incrementar la recaudación. El tributo dejó de exigirse entre 2008 y 2010. Posteriormente se fue prorrogando su vigencia a través de los Presupuestos Generales del Estado hasta consolidarse de forma permanente en los de 2020.
Foment del Treball trató de impugnarlo a través del Defensor del Pueblo, pero la iniciativa no prosperó. Tras Madrid, la comunidad en la que se aplica hasta hoy una mayor bonificación en este impuesto (25%), es Galicia, donde la aprobó Alberto Núñez Feijóo cuando era presidente de esa comunidad. De hecho este impuesto existe en muy pocos países como Liechtenstein, Noruega o Suiza y en la Unión Europea (UE), solo se mantenía en Francia, que ha decidido suprimirlo.
La disparidad entre autonomías es elevada. Para un patrimonio de 800.000 euros en los que se excluye la vivienda habitual hasta 300.000 euros. En este caso es Aragón donde más se tributa, con 1.164,37 euros, seguido por Extremadura, con 1.099,31 euros, según un estudio que realiza el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Catalunya, que se sitúa en una zona media alta con este tributo, es la comunidad que más recaudación aporta del total, en torno a la mitad de 1.200 millones.
El mínimo exento por defecto del impuesto son 700.000 euros y solo se ha regulado uno específico rebajado en Aragón (400.000), Catalunya, Extremadura y la Comunitat Valenciana (500.000). En Andalucía, Extremadura y Comunitat Valenciana se incrementan los mínimos para contribuyentes con discapacidad.
Las tarifa por defecto es la estatal, con 8 tramos y tipos desde el 0,2 al 3,5%, salvo en Andalucía (0,20-2,50%); Asturias (0,22-3%); Baleares (0,28-3,45%); Cantabria (0,24-3,03%); Catalunya (0,21-2,75%); Extremadura (0,3-3,75%); Galicia (0,2-2,5%); Región de Murcia (0,24-3%); y Comunitat Valenciana (0,25-3,5%). La deducción por vivienda habitual suele ser hasta 300.000 euros.
En los territorios del País Vasco existe un Impuesto sobre la Riqueza o sobre el Patrimonio con exención de la vivienda habitual de 400.000 en Álava y Bizkaia y de 300.000 en Gipuzkoa y un mínimo exento de 700.000 en Gipuzkoa y de 800.000 en Álava y en Bizkaia. En la comunidad foral de Navarra el impuesto cuenta con una exención de la vivienda habitual de 250.000 euros, un mínimo exento de 550.000.
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