Declaración de la renta

La OCU reclama la armonización fiscal autonómica

Un padre con dos hijos pequeños que resida en Baleares paga 848 euros más en el IRPF que si viviera en Castilla y León

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IRPF / economia

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Los contribuyentes en España acceden a beneficios fiscales dispares en función de dónde vivan. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) defiende una armonización fiscal ante casos extremos que implican, por ejemplo, que una familia con dos hijos pequeños que residan en Baleares deban pagar 848 euros en la declaración de la renta que si viviera en Castilla y León. Es un ejemplo de una situación que afecta especialmente a los grupos más vulnerables: contribuyente con hijos menores de tres años, con dos hijos o más, con cónyuge discapacitado, viudos.

"Si bien el sistema tributario español comparte el principio de igualdad, dos ciudadanos con idénticas circunstancias e ingresos pueden pagar varios cientos de euros más o menos como consecuencia de las distintas deducciones personales y familiares que cada comunidad autónoma permite introducir en la declaración de la renta", advierte la OCU.

Alude la organización de consumidores, por ejemplo, el de un padre con dos hijos, uno de cuatro años y otro que nació en 2021, con un salario de 25.000 euros, pagará en su declaración individual de este año 2.883 euros de IRPF si vive en Baleares, 848 euros más que si residiera en Castilla y León. Y es que en esta última comunidad existe una deducción de 1.010 euros por el nacimiento del primer hijo, 1.475 euros por el segundo y 2.352 euros por el tercero y sucesivos (a dividir entre los progenitores) cuando la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no supere los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en conjunta.

Deducciones

La OCU destaca que hay muchas deducciones dirigidas a grupos vulnerables que solo existen en algunas comunidades autónomas. Pone como ejemplo la deducción por viudedad, que solo se aplica en Catalunya y Extremadura; la deducción por cónyuge discapacitado, exclusiva de Andalucía y Cantabria; la deducción por menores de tres años, solo en Cantabria y La Rioja; la deducción por dos hijos o más, reconocida en Madrid y C. Valenciana; la deducción por acogimiento de mayores de 65 años, que aplican Asturias, Castilla-La Mancha, Madrid y al Región de Murcia.

Al margen de estas diferencias autonómicas, la OCU ha analizado los cambios fiscales previstos para la declaración de este año (con los datos del 2021) que resume con la idea de que se afrontará una subida sobre todo para las personas con ingresos altos (más de 200.000 euros anuales) y para las que tengan planes de pensiones.

Hasta el año 2020, la escala de gravamen estatal que se aplicaba a la base liquidable general tenía cinco tramos y para el 2021 se le ha añadido otro, de modo que a la base que exceda de 300.000 euros empezará a aplicársele un tipo del 24,50%, en vez del 22,50% (en la renta general entran los salarios, los rendimientos de la actividad empresarial y profesional, las rentas del alquiler, los premios e indemnizaciones, etc. .

Hasta el año 2020, la base liquidable del ahorro cambia de modo que lo que esté entre 50.000,01 y 200.000 euros sigue pagando un 23%, pero a la parte de la base que exceda de 200.000 euros se le empezará a aplicar un porcentaje del 26%. En el caso de los planes de pensiones, antes se podía aportar con ventajas fiscales el 30% de las rentas del trabajo hasta 8.000 euros anuales. En 2021 las aportaciones personales se limitan a los 2.000 euros (8.000 euros en planes de empresa), y como mucho y entre ambas fuentes, las aportaciones pueden sumar 10.000 euros.