Propuesta del Gobierno

Reforma laboral: Las pymes no podrán tener más del 8% de plantilla como temporales

La última propuesta del Gobierno plantea un sistema de tramos para limitar la temporalidad según el tamaño de las compañías

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la sesión de control al Ejecutivo en el Congreso, este 12 de mayo de 2021.

La vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la sesión de control al Ejecutivo en el Congreso, este 12 de mayo de 2021. / EFE / CHEMA MOYA

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

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El Gobierno ha presentado a patronal y sindicatos su nueva propuesta para limitar la temporalidad en las empresas. Y pretende hacerlo flexibilizando esos topes y teniendo en cuenta las particularidades del tamaño de cada empresa. Según ha podido saber EL PERIÓDICO, el nuevo documento establece que las pymes no podrán tener a más del 8% de su plantilla con un contrato temporal. Para las grandes empresas ese porcentaje será más restrictivo y baja hasta un 4%. Y para empresas de menor tamaño, la propuesta del Gobierno pasa del tope por porcentajes a un máximo de trabajadores con contrato eventual.

Todo esto siempre teniendo en cuenta la legalidad de dichos contratos. Pues desde hace meses el Ministerio de Trabajo insiste en atajar la eventualidad desde la causalidad. Es decir, la temporalidad solo es legal si se cumplen los supuestos que la justifican y no puede ser la vía por defecto de contratación de muchas empresas. Y la modalidad de contrato que contempla la propuesta de Gobierno es el "contrato para tareas ocasionales", solo justificable en caso de causas previsibles, claramente justificadas y de muy escasa duración. Como, por ejemplo, un bar que contrata un camarero para reforzar la barra durante las fiestas del pueblo. Sabe cuando serán las fiestas, sabe cuanto tiempo durarán y sabe que tendrá un pico de faena. Ahí si puede contratarlo. Lo que no puede hacer es ir haciéndole contratos de tres meses a la misma persona o ir rotando de tres meses en tres meses a diferentes personas durante todo el año.

Los topes de temporalidad, según empresas

  • De 1 a 5 trabajadores: 1 temporal
  • De 6 a 10 trabajadores: 2 temporales
  • De 11 a 30 trabajadores: 3 temporales
  • De 31 a 100 trabajadores: 5 temporales o el 8% de plantilla
  • De 101 a 500 trabajadores: 15 temporales o el 7% de plantilla
  • Más de 500 trabajadores: 30 temporales o el 4% de plantilla

La propuesta inicialmente redactada desde el Ministerio de Trabajo para desencallar las negociaciones en materia de temporalidad va cogiendo cuerpo. De un orientativo tope del 15% para todos los sectores y empresas pasa ahora a medidas más adaptadas al tejido empresarial español, con una alta presencia de micro, pequeñas y medianas empresas. En España hay actualmente, según los registros de la Seguridad Social, un total de 1,3 millones de empresas en activo. La gran mayoría de las cuales, más concretamente el 75%, tiene entre uno y cinco trabajadores. "No tiene sentido ponerle el mismo límite a un pequeño taller de barrio que a la Seat", opinaba una fuente sindical. Una reflexión compartida desde la bancada patronal.

De lo micro a lo macro

Bajo esta filosofía de pulir la eficacia de la medida, que busca atajar ese excesivo y uso fraudulento de los contratos eventuales, el Gobierno ha puesto encima de la mesa el siguiente sistema de tramos. Para las empresas con una plantilla de 30 trabajadores o menos no imperará un tope de temporalidad por porcentajes, sino en términos absolutos. Es decir, las microempresas con entre uno y cinco trabajadores no podrán tener a más de uno de ellos con un contrato eventual. Si la plantilla es mayor, de seis a 10 empleados, ese tope de temporales se eleva a dos. Y el tercer tramo es para las firmas de entre 11 y 30 trabajadores, cuyo tope de eventuales lo plantea el Gobierno en tres.

El esquema de tramos propuesto por el Gobierno entra ya a pulir por porcentajes esos topes a partir de firmas de mayor tamaño. Si tienen más de 30 trabajadores pero menos de 100 no podrán tener más de un 8% de temporales en plantilla, o un máximo de 5 trabajadores. En este caso impera la lógica menos restrictiva. Es decir, una empresa de 31 trabajadores, por ejemplo, si se le aplica el 8%, no podría tener más de 2,48 empleados con contrato eventual. En este caso, dicha firma podrá acogerse al derecho de no tener más de 5 trabajadores temporales.

Siguiendo los tramos, si la firma tiene más de 100, pero menos de 500 trabajadores, no podrá tener más de 15 eventuales o el 7% de la plantilla. Y las mayores restricciones son para la gran empresa, que solo podrá tener un 4% de temporales.

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