Según la justicia francesa
Morir practicando sexo en un viaje de negocios es un accidente laboral
La justicia francesa falla a favor de la familia del fallecido y obliga a la empresa a pagarles una indemnización
Morir prácticando sexo durante un viaje de trabajo puede ser considerado un accidente laboral. Al menos lo es en Francia, donde el Tribunal de Apelación de París ha dado la razón a la familia de un trabajador que falleció mientras mantenía relaciones sexuales durante un viaje de negocios en el norte del país. Así lo ha avanzado esta semana CNEWS, en un caso que se remonta al 2013, en la región de Loiret.
Un técnico de seguridad de la empresa de transporte TSO fue enviado en un viaje profesional a la ciudad de Loiret, al norte de París, en la región del Valle del Loira. Allí conoció a una "perfecta desconocida", según detalla la sentencia, y ambos eligieron continuar la velada en el domicilio de esta, en vez de en el hotel del entonces empleado de TSO. Durante el acto sexual el empleado sufrió un ataque al corazón y falleció.
La familia del difunto decidió presentar una denuncia ante un juzgado de primera instancia para que la justicia dictaminara que el fallecimiento se había producido durante la jornada laboral y que, por lo tanto, la familia tenía derecho a la indemnización pertinente. En un primer momento, dicho tribunal falló a favor de los allegados del difunto, aunque TSO decidió recurrir la sentencia, al entender que
"el malestar cardíaco, así como la muerte" de su antiguo empleado "no eran atribuibles a su trabajo sino al acto sexual".
El caso llegó hasta el Tribunal de Apelaciones de París, donde la defensa insistió en su ausencia de responsabilidad frente al fallecimiento. Y uno de los argumentos que utilizó fue que el encuentro sexual entre el entonces trabajador y la "perfecta desconocida" tuvo lugar en el domicilio de esta y no en la habitación de hotel del fallecido. Lo que, según la empresa, era prueba de que el ex empleado no se encontraba realizando tareas vinculadas con su cometido profesional.
El Tribunal de Apelaciones de París no aceptó el argumento de la defensa y dio por bueno el de los demandantes, que sostuvieron que mantener relaciones sexuales "es una cuestión de la vida cotidiana, como ducharse o comer" y que la crisis cardíaca podría haberle acontecido en cualquier otro momento durante el viaje de negocios. Los magistrados parisinos indicaron, en consecuencia, que el hecho de que el fallecido fuera encontrado en un lugar desconocido, en vez de en la habitación de hotel reservada para él por TSO, no ubicaba a la víctima "fuera del ámbito de la autoridad del empleador". Y, en consecuencia, obligó a la empresa a asumir las reponsabilidades para con la familia del difunto.
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