La Sala de lo Penal

La Audiencia Nacional no libra del banquillo a Rubiales por el beso a Jenni Hermoso

La Fiscalía pide dos años y seis meses de cárcel para Rubiales por el beso no consentido a Jenni Hermoso

Jenni Hermoso: "Cuando nos íbamos a dormir, teníamos que dejar la puerta abierta y esperar a que Vilda pasara"

Luis Rubiales en la Audiencia Nacional en septiembre de 2023.

Luis Rubiales en la Audiencia Nacional en septiembre de 2023. / José Luis Roca

Ángeles Vázquez

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La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional no ha librado del banquillo de los acusados al expresidente de la Federación Española de Fútbol Luis Rubiales, el exseleccionador femenino Jorge Vilda, el exdirector deportivo de la selección Albert Luque y el que fuera responsable de Marketing Rubén Rivera, y ha ratificado el auto del juez Francisco de Jorge que propuso juzgarles por el beso a la jugadora Jennifer Hermoso en la final del pasado mundial, celebrado en Sídney (Australia) el 20 de agosto, y las coacciones posteriores.

En cuatro autos, uno por cada recurrente, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal explica que en la fase procesal en la que se encuentra la causa no se persigue la acreditación de hechos, sino que se trata de un impulso procesal en el que el órgano instructor tiene que valorar si existen indicios para continuar la tramitación del procedimiento. 

En este caso, la Sala considera que los hechos que se describen en el auto recurrido recoge indicios que encajan en la descripción típica de un delito contra la libertad sexual, por el que responderá en exclusivo Rubiales, y otro de coacciones ya sean de las castigadas en el artículo 172.1 del Código Penal o de carácter leve. 

La fiscalía pide para el expresidente de la RFEF una pena de dos años y medio de prisión por un delito de agresión sexual y otro de coaccionesm así como que indemnice con 50.000 euros a Hermoso. El ministerio público solicita, además, un año y medio de cárcel para Vilda, Rivera Teijido y Luque.

En el juicio oral

La Sala de lo Penal indica, al rechazar los recursos de los imputados, que las consecuencias jurídicas “del beso y del constreñimiento no puede ser objeto de valoración en este momento”, pese a que los recurrentes pretendan en este trámite procesal confrontar las declaraciones como si se tratase del juicio oral.

Los testigos, según el tribunal, relatan unos hechos que son susceptibles de encuadrarse en los dos delitos, por lo que el desafío probatorio corresponderá a la fase del juicio oral y no a la instrucción, “que se limita a determinar si existen indicios y si son subsumibles en un tipo penal. Ambas exigencias se cumplen en el auto recurrido”.

De ahí que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 haya dado por concluidas las diligencias para preparar el juicio en el que se determinará si lo ocurrido en la final del Mundial tiene entidad penal o no. En el auto de transformación en procedimiento abreviado, el magistrado declaraba que el beso de Rubiales a la jugadora "no fue consentido" y que Rubiales actuó de forma "unilateral y sorpresiva".

También consideraba que "las presiones a las que se sometió a la jugadora" le generaron "una situación de ansiedad e intenso estrés", y enmarcó estas prácticas en "una acción concertada" de los imputados "para doblegar la voluntad de Hermoso y conseguir que accediera a grabar un video en el que dijese que el beso había sido consentido".

Además del procedimiento que se sigue en la Audiencia Nacional, Luis Rubiales también está imputado en el Juzgado de Instrucción número 4 de Majadahonda (Madrid), cuya titular es Delia Rodrigo, en el caso de la Supercopa, en el que se le investiga por presuntas contrataciones irregulares que habrían perjudicado a la Federación durante su mandato.