GUERRA EN EL FÚTBOL

Un juzgado de Madrid prohíbe medidas contra la Superliga

El juez veta "cualquier medida sancionadora o disciplinaria contra los clubes participantes, sus jugadores y directivos" que puedan tomar a UEFA, FIFA, Federaciones y las Ligas nacionales

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El Periódico

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El Juzgado de lo Mercantil 17 de Madrid ha adoptado este martes medidas cautelarísimas para impedir cualquier medida que impida la puesta en marcha de la Superliga que anunciaron ayer 12 clubs europeos con Florentino Pérez a la cabeza.

Después de que la European Superleague Company SL haya solicitado medidas cautelares, el juzgado ha tomado decisiones para prohibir a la FIFA, la UEFA y a todas sus Federaciones o Ligas asociadas "adoptar cualquier medida que prohíba, restrinja, limite o condicione de cualquier modo la puesta en marcha de la Superliga".

Contra las amenazas de la UEFA

El pronunciamiento judicial, solicitado por la Superliga, respalda a los organizadores y prohíbe que se tome "cualquier medida sancionadora o disciplinaria” contra doce de los clubes más importante de Europa, entre ellos el Real Madrid, el Barcelona y el Atlético de Madrid, también contra sus jugadores y directivos.

Según el tribunal, "la efectividad de dichas medidas anunciadas provocaría que los clubes y/o jugadores que participasen en la Superliga verían impedida su participación en la próxima Eurocopa de fútbol de Junio de 2021, los próximos Juegos Olímpicos de Julio de 2021 y el próximo Mundial de 2022".

"Las medidas anunciadas por dichos organismos de naturaleza privada, impiden la existencia una libre competencia en el mercado de las competiciones de fútbol profesional a nivel europeo", agrega.

Además, "la adopción de las medidas anunciadas por FIFA y UEFA provocarían el fracaso del proyecto de Superliga Europea por imposibilidad de cumplimiento de la condición de compatibilidad anteriormente mencionada, y la pérdida consiguiente de los compromisos de inversión y financiación por parte de J.P. Morgan", que ha anunciado que financiará el torneo.

Vulneración de libertades

Recuerda el juzgado que "las normas estatutarias de FIFA y UEFA no contienen previsiones para garantizar objetivos de interés general en la concesión de la autorización previa en cuanto a la organización de competiciones futbolísticas. Tampoco contienen criterios objetivos y transparentes que eviten la existencia de efectos discriminatorios o conflictos de interés con FIFA y UEFA en la denegación de la autorización para la organización de competiciones deportivas alternativas por los clubes integrados en las federaciones afiliadas a dichos organismos privados".

El tribunal considera que si la Superliga Europea de fútbol no pudiese ponerse en marcha, se causaría "un perjuicio irreparable a los clubes y jugadores llamados a participar" en ella y frustraría "la tutela que pudiese otorgarse en una eventual sentencia estimatoria".

Asimismo, "la imposición de algunas de las sanciones disciplinarias anunciadas por FIFA y UEFA comprometería gravemente la financiación de la Superliga, atendiendo además al condicionado establecido en el Acuerdo de accionistas e inversión de los clubes fundadores".

Sin efecto

De esta forma, el tribunal ordena a FIFA y UEFA que no "anuncien, amenacen con, preparen, inicien y/o adopten cualesquiera medidas disciplinarias o sancionadoras (o, directa o indirectamente, inciten o promuevan que dichas medidas disciplinarias o sancionadoras sean anunciadas, amenazadas, preparadas, iniciadas y/o adoptada por terceras partes) frente a los clubes, directivos y personas de los clubes y/o jugadores que participen en la preparación de la Superliga europea de fútbol".

También les ordena que, "en el caso de que, con anterioridad a la resolución de la presente solicitud de medidas cautelares, se haya llevado a cabo cualesquiera de las conductas descritas en los apartados anteriores, realicen las acciones necesarias para remover y dejarlas inmediatamente sin efecto".