La pobreza energética, en cinco claves
EL PRIMER DECRETO
A finales del 2013 el Gobierno catalán anunció un decreto contra la pobreza energética que preveía el aplazar el pago de facturas en los meses más fríos a los hogares que estuvieran en una situación económica precaria. Pero los requisitos eran tan estrictos que apenas 900 familias pudieron acogerse. Esa fue solo una parte del problema: la deuda aplazada no desaparecía y en verano era igual o más difícil de asumir que antes. La Generalitat se comprometió a elaborar un nuevo decreto.
EL RECURSO DEL ESTADO
Pese a que apenas sirvió para nada, el decreto de la Generalitat contra la pobreza energética tuvo una muerte heroica que lo mejoró a ojos de todos, con el proceso soberanista de fondo decisivo. El Gobierno central recurrió el decreto ante el Tribunal Constitucional. Su argumento fue claro y demuestra el peso del sector: el Gobierno consideraba que el decreto podía lesionar los beneficios de las compañías. El Ejecutivo catalán se mostró consternado por el recurso, una queja recurrente durante la campaña electoral del 27-S.
EL FONDO ECONÓMICO
En octubre pasado, la Generalitat anunció un nuevo decreto con un aspecto decisivo: la creación de un fondo de 10 millones de euros de los presupuestos autonómicos para hacer frente a la pobreza energética. Entonces, la Administración autonómica anunció que las compañías también nutrirían el fondo. Sin embargo, mientras la Generalitat consideró que quedaban obligadas, las entidades sociales denunciaron que todo quedaba sujeto a la voluntad de las empresas. Estas se han mostrado hasta ahora reacias a verse implicadas económicamente en el fondo.
LOS REGLAMENTOS PENDIENTES
La aprobación de la ley 24/2015 por parte del Parlament, en julio pasado, se presentó como un punto de inflexión, y tiene que serlo, pero por ahora carece de un desarrollo que permita precisar su aplicación. En cuanto a la pobreza energética, el reglamento es clave, porque debe definir como las empresas son quienes reclaman los informes sociales antes de cortar el suministro, y no esperan a que el cliente lo aporte. Es lo que se conoce como el principio de precaucion.
LA AMENAZA DE COLAU
Está por ver si el Ayuntamiento de Barcelona logra imponer sanciones a Endesa y Gas Natural. Según la versión del consistorio, aunque no exista todavía reglamento, con la ley vigente ya se puede sancionar, partiendo del máximo y mínimo previsto para una multa en la ley 24/2015, de 10.000 a 100.00 euros por cortar indebidamente el suministro a clientes en situación de vulnerabilidad económica. La teniente de alcalde Laia Ortiz sostiene que utilizando el código de consumo es viable.
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