Benestar i Família ha fijado los criterios para determinar la capacidad económica de los beneficiarios de prestaciones enfermos mentales, discapacitados y similares internados en residencias. Me ha sorprendido y me ha desconcertado mucho recibir una carta en la que me informan de que tengo que pagar todos los gastos de un hermano discapacitado, incapacitado judicialmente y del que soy tutora, solo con 130 euros al mes (1.593,77 anuales). Incomprensible, porque yo transfiero al centro unos 2.200 euros al año en concepto de terapias y farmacia, visitas al dentista y otros gastos de higiene, barbería, salidas... Su ropa y calzado me cuestan anualmente 1.600 o 1.800 euros, además de las gafas que le he de reparar cuando se rompen, los desplazamientos a Reus desde Terrassa para visitarle... ¿Cómo se supone que tengo que pagar todo esto? No puedo destinar a ello mi sueldo, congelado primero y recortado después, por muy buena voluntad que ponga.
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