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SOCIEDAD

Convivencia: multar al diferente

Lunes, 13 de mayo del 2013 Pilar Rey (Barcelona)

6 de mayo por la tarde. Cinco chavales de entre 15 y 17 años reunidos en torno a un banco de la Gran Via de Barcelona. Tres de ellos sentados de forma correcta; los dos restantes, uno rubio y el otro de piel cetrina, en el respaldo con los pies en el asiento. Más allá, otro grupo de chicos también sentados de forma incorrecta y un perro con su dueño junto a un cartel de «Perros no». Aparece un guardia urbano y les pide la documentación a los chicos del primer grupo. Todos se identifican excepto mi hijo, el chico de piel cetrina, que no llevaba el DNI. Uno de sus amigos le deja un móvil para llamarnos y poder darle los datos al agente, que le extendió una multa de 180 euros por «utilizar los bancos y asientos públicos para uso diferente al que están destinados». Creo que una amonestación hubiera sido suficiente, y el hecho de que solo multara a mi hijo, mestizo, me lleva a pensar que dicho agente vulneró el artículo 14 de la Constitución, que prohíbe la discriminación por motivos de raza, entre otras cosas.



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