En el Tribunal Supremo
Mediaset, obligada a pagar una multa millonaria a María del Monte por culpa de la productora de 'Sálvame' y 'La familia de la tele'
La sentencia responde a la emisión de unas grabaciones privadas del hijo de Isabel Pantoja que la vinculaban con un supuesto robo.

María del Monte / EUROPA PRESS REPORTAJES - Archivo


Redacción Yotele
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Mediaset sigue acumulando condenas en los juzgados por culpa de 'Sálvame'. El Tribunal Supremo ha confirmado que el grupo de Telecinco deberá pagar 200.000 euros a María del Monte como indemnización por el daño moral causado al emitir en el año 2021 en el extinto magacín de tarde unas grabaciones de 2004 que la implicaban, sin pruebas, en una supuesta sustracción de dinero y abordaban detalles de su vida sentimental. La Sala Civil del alto tribunal considera que el tratamiento de dichas imágenes, divulgadas en tres entregas de 'Sálvame', supuso una grave intromisión en su intimidad personal y familiar, así como un ataque a su honor.
La sentencia subraya que la exposición pública de la artista incluyó afirmaciones infundadas que podrían interpretarse como delito, además de abordar aspectos íntimos de su vida privada sin consentimiento. La cadena intentó recurrir la condena alegando que la cifra era "manifiestamente desproporcionada", pero el Supremo desestima esa argumentación, destacando la "especial gravedad" de los hechos y su repercusión pública.
Además, los jueces consideran clave que esta no es la primera vez que María del Monte se ve obligada a acudir a los tribunales por intromisiones similares por parte de la misma cadena. En 2014 y 2015 ya recibió dos indemnizaciones por informaciones sobre su orientación sexual y relaciones personales. El tribunal señala que el daño actual se agrava precisamente por esa repetición, provocando una sensación de "desasosiego, desamparo e indefensión" en la cantante.
El Supremo considera que la cuantía de la indemnización —inferior a otras impuestas por casos similares— está justificada, ya que los hechos se produjeron en programas de máxima audiencia, con titulares sensacionalistas, debates entre colaboradores y una evidente explotación del escándalo para captar espectadores. Todo ello, asegura, contribuyó a propagar el daño más allá de lo emitido en antena.
La sentencia también valora el impacto emocional que supone para María del Monte revivir, años después, el mismo tipo de exposición que ya sufrió anteriormente, lo que genera una pérdida de confianza en el sistema y un temor a que su intimidad siga siendo vulnerada. Por todo ello, el Supremo concluye que los 200.000 euros fijados como indemnización no son excesivos, sino proporcionales al perjuicio causado.
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