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Vivienda

La notaria María Cristina Clemente enciende el debate sobre la derogación del decreto de los alquileres: “¿Y ahora qué?”

La experta plantea qué ocurre con los inquilinos que pidieron en plazo la prórroga de hasta dos años y cómo puede afectar a los propietarios que quieran vender la vivienda

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La notaria María Cristina Clemente enciende el debate en torno a este aspecto del alquiler

La notaria María Cristina Clemente enciende el debate en torno a este aspecto del alquiler / El Periódico

C. Suena

C. Suena

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La derogación del decreto que permitía prorrogar hasta dos años determinados contratos de alquiler ha abierto una pregunta incómoda para propietarios, inquilinos y profesionales del sector jurídico: qué pasa ahora con quienes solicitaron esa ampliación mientras la norma estuvo en vigor. La notaria alicantina María Cristina Clemente lo resume con una frase directa: “Día después de la derogación del decreto ley por el que los inquilinos podían obtener hasta dos años de prórroga de su contrato de alquiler, ¿y ahora qué?”.

El decreto, que permitía pedir una prórroga extraordinaria de hasta dos años en contratos de vivienda habitual que vencieran antes del 31 de diciembre de 2027, no fue convalidado por el Congreso y ha quedado derogado, lo que ha generado un escenario de incertidumbre jurídica. Varios análisis jurídicos coinciden en que el problema principal está en determinar si las solicitudes realizadas durante la vigencia de la norma siguen produciendo efectos o no.

El caso que plantea la notaria: burofax enviado, contrato vencido y vivienda en venta

Clemente baja el debate al terreno práctico con un ejemplo cada vez más habitual. “Propietario de una vivienda alquilada cuyo contrato de alquiler vence a partir de mañana, pero que en el mes de vigencia del decreto recibió el famoso burofax del inquilino”, plantea la notaria.

Ese burofax es la clave del problema. Si el inquilino pidió la prórroga mientras el decreto estaba vigente, surge la duda de si esa solicitud generó un derecho que debe respetarse aunque la norma haya decaído después. La propia notaria lo formula así: “Si ese propietario encuentra a un comprador que quiere adquirir el inmueble pese a que el inquilino continúe en su interior porque quiere ejercer ese derecho que considera adquirido, ¿yo como notario tengo que exigir al vendedor que me acredite que ha notificado al inquilino esas condiciones de la venta?”.

La cuestión no es menor. En una operación de compraventa, la existencia de un inquilino dentro de la vivienda puede afectar directamente a la transmisión del inmueble, a los plazos y a las obligaciones del propietario vendedor.

El derecho de adquisición preferente, otra pieza del problema

La notaria alicantina apunta a otro elemento importante: el posible derecho de adquisición preferente del inquilino. Es decir, la posibilidad de que el arrendatario pueda comprar la vivienda en determinadas condiciones si el propietario decide venderla.

Por eso Clemente se pregunta si, antes de autorizar la venta, debe exigirse al vendedor que acredite que ha comunicado al inquilino “esas condiciones de la venta por si al inquilino le interesa ejercer el derecho de adquisición preferente”.

La duda nace de una premisa concreta: si el envío del burofax durante la vigencia del decreto blindó o no el derecho del inquilino a permanecer en la vivienda. “Porque entiendo que el simple envío del burofax blindó su derecho”, plantea Clemente como una de las posibles interpretaciones.

El gran debate: si la norma derogada dejó derechos consolidados

El punto central es si un decreto ley no convalidado puede generar efectos duraderos sobre situaciones nacidas mientras estuvo en vigor. La propia Clemente expone las dos posiciones posibles.

Por un lado, una interpretación entiende que el decreto produjo efectos durante su vigencia y que, por tanto, las solicitudes realizadas en ese periodo podrían haber generado derechos que deben respetarse. Es la tesis que sostienen algunos expertos, que consideran que las prórrogas pedidas antes de la derogación podrían seguir siendo válidas.

Por otro lado, la notaria plantea la tesis contraria: que mantener esos efectos podría ser “contrario al principio democrático y al carácter provisional y excepcional que la Constitución confiere a los decretos leyes”. En ese caso, el hecho de que la norma no haya sido convalidada pondría en cuestión que pueda seguir desplegando consecuencias a futuro.

La incertidumbre no es solo teórica. El propio Gobierno ha admitido que los inquilinos que recurrieron al decreto derogado quedan en una especie de limbo legal, mientras juristas del sector prevén un aumento de litigiosidad por las distintas interpretaciones.

Una advertencia para propietarios e inquilinos

La conclusión de Clemente no es una respuesta cerrada, sino una llamada a extremar la cautela. “Vuelvo a repetir, ¿ahora qué?”, insiste la notaria, reflejando la inseguridad que deja la caída del decreto.

Para los inquilinos, la duda está en saber si el burofax enviado durante la vigencia de la norma mantiene vivo su derecho a la prórroga. Para los propietarios, el problema es saber si pueden recuperar la vivienda al vencimiento del contrato o si deben respetar esa ampliación solicitada. Y para quienes quieran vender una vivienda alquilada, el asunto puede condicionar directamente la operación.

En la práctica, el escenario obliga a revisar cada caso con detalle: fecha de vencimiento del contrato, fecha de envío del burofax, contenido de la comunicación, situación del inquilino y posible venta del inmueble. Hasta que haya un criterio claro o resoluciones judiciales que fijen doctrina, la pregunta de la notaria alicantina resume perfectamente el momento: “¿Y ahora qué?”.

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