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Salidas de emergencia

Confirmado por el Código Técnico de Edificación: cerrar el portal con llave puede ser ilegal si impide la evacuación

Incumplir la normativa vigente puede conllevar multas de hasta 3.000 euros

La norma de la Ley de Propiedad Horizontal que pocos conocen: así puede un vecino perder el uso de su vivienda hasta tres años

Vivienda responde a Ayuso que la normativa del Código Técnico de la Edificación ya se modificó en 2019

Portal de un edificio situado en una calle de Barcelona.

Portal de un edificio situado en una calle de Barcelona. / Manu Mitru / EPC

Clara Dalmau Merencio

Clara Dalmau Merencio

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Muchas comunidades tienen la costumbre de cerrar con llave el portal del edificio, especialmente en horario nocturno. Esta práctica se lleva a cabo por razones de seguridad y protección frente a robos, hurtos e, incluso, intrusos. 

Sin embargo, esta medida vulnera la normativa vigente en materia de evacuación y prevención de riesgos. La norma UNE-EN 179:2003 (actualmente UNE-EN 179:2008) del Código Técnico de la Edificación (CTE) es una norma europea que regula los cierres de emergencia en salidas de evacuación comunes para edificios donde no hay grandes multitudes.

El CTE y sus razones de ser

La norma europea establece que las puertas situadas en recorridos de evacuación deben poder abrirse desde el interior hacia afuera mediante dispositivos simples, como manillas o barras 'antipánico', sin necesidad de utilizar llaves.

Así lo recoge también el Documento Básico SI Seguridad en Caso de Incendio del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: “Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Las anteriores condiciones no son aplicables cuando se trate de puertas automáticas.”

Fácil evacuación

Como la puerta de la mayoría de edificios es común y suele usarse como salida de emergencia, la normativa vigente no permite su cierre. 

El objetivo principal de esta regulación es garantizar que en situaciones de emergencia, como incendios, derrumbamientos o explosiones, se pueda abandonar el edificio de manera inmediata. El tiempo de respuesta en una evacuación es clave, especialmente cuando hay humo, oscuridad y pánico general

Debate legal y civil

Ahora bien, en estas situaciones también intervienen otras normativas, como la Ley de Propiedad Horizontal. Esta ley decreta que la comunidad de vecinos tiene potestad para tomar sus propias decisiones y, además, regula cómo pueden adoptarse acuerdos respecto a los elementos comunes y, por tanto, sobre el uso del portal. 

Según recoge la web especializada Conceptos jurídicos, su artículo 17, en el punto 6, establece: "Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación. Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación”. 

Sin embargo, estos acuerdos nunca pueden contradecir normativas superiores, y aún menos aquellas relacionadas con la seguridad de las personas.

Responsabilidad de la comunidad

Pero en el caso de que la comunidad de propietarios decida, a pesar de todo y mediante votación, cerrar con llave la puerta del edificio, serán responsables y asumirán cualquier tipo de consecuencia en caso de accidente

El artículo 18.1 de la Ley de Propiedad Horizontal impugna a aquellos propietarios que no estén de acuerdo con las decisiones que consideren ilegales. 

Asumir riesgos puede ser peligroso

Si ocurre alguna incidencia, además de las responsabilidades civiles por daños y perjuicios, los vecinos deberán asumir responsabilidades penales por imprudencia grave. El incumplimiento del CTE conlleva sanciones administrativas que alcanzan hasta los 3.000 €, según la gravedad de la infracción. 

Los administradores de fincas deben informar a las comunidades de las consecuencias civiles y legales que conlleva tomar este tipo de decisión. En caso de que la comunidad insista, el administrador debe hacer constar en acta que ha advertido sobre la vulneración legal, protegiéndose de futuras responsabilidades 

Cerrar el portal con llave puede llegar a tener consecuencias graves para las personas, como pérdida de vidas, avalanchas por pánico, lesiones graves o exposición letal a gases tóxicos y fuego.

Además, una puerta cerrada con llave dificulta el trabajo a los bomberosy rescatistas, colapsando los planes de emergencia, ya que cualquier protocolo de evacuación queda inservible si las rutas están obstruidas.