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Contaminación acústica

Perros que ladran sin parar en la comunidad: así puedes reclamar

Los ruidos constantes pueden llegar a perturbar el bienestar y la convivencia de toda la comunidad

¿Tu vecino lleva a su perro sin bozal en las zonas comunes? La ley podría estar de tu parte si denuncias

Polémica en un edificio de Barcelona: vecinos se quejan de que tienen prohibido subir a sus perros por el ascensor

Un perro ladra dentro de una casa.

Un perro ladra dentro de una casa. / Pixabay / Dahancoo

Clara Dalmau Merencio

Clara Dalmau Merencio

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Una de las quejas más habituales en una comunidad de propietarios son los ruidos. Entre ellos, los ladridos de un perro.

Escuchar alguno ocasionalmente forma parte de la convivencia, pero cuando estos se convierten en algo cotidiano puede llegar a convertirse en un problema, especialmente si afecta de manera directa al descanso de los vecinos. 

En España, este tipo de ruidos se pueden considerar una perturbación para la comunidad. Y es por eso por lo que suelen estar regulados por ley. 

¿Ampara la ley a quién sufre este problema?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula la organización y convivencia en edificios de viviendas o locales con múltiples propietarios. Esta establece derechos y deberes sobre los elementos privados (pisos o locales), comunes (pasillos y ascensores), los gastos, las juntas de propietarios y diferentes normas de uso de los edificios.

Según el artículo 7.2 de la LPH, según lo explica la web de Conceptos jurídicos, los propietarios están obligados a respetar el uso y disfrute de las viviendas ajenas, evitando causar molestias que puedan afectar a otros vecinos: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

Este artículo también se complementa con el número 6 de esta misma ley, donde se establece que la comunidad puede aprobar estatutos para regular aspectos de convivencia y uso del inmueble dentro de los límites legales: “Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior, que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración”.

Es decir, si la comunidad aprueba un estatuto referente a ruidos y tenencia de animales que puedan molestar a los vecinos, esta podrá exigir el cese de este tipo de conductas a los causantes

El ruido se regula

Queda claro que los ladridos constantes de perros se consideran una molestia que afecta al bienestar de la comunidad, especialmente si se producen en horarios nocturnos o de descanso.

Así lo recoge también la Ley 37/2003 del Ruido, que regula la contaminación acústica, que permite a los ayuntamientos fijar límites de decibelios (dB) y sancionar en función de la gravedad aquellas conductas que los superen.

Esta ley se complementa con las ordenanzas municipales, que determinan los horarios de silencio y los niveles máximos de ruidos permitidos en viviendas.

Según informa la compañía de seguros Allianz, en general se permite hacer ruido en núcleos urbanos de lunes a viernes desde las 08:00 horas y hasta las 21:00-22:00 horas. A partir del horario nocturno, los límites son más estrictos y los ruidos no pueden superar los 25-30 dB.

Estas ordenanzas también son las que establecen las multas administrativas, que varían según la región. Sin embargo, por lo general, se sitúan alrededor de los 300 €, aunque pueden llegar a ascender hasta los 3.000 € en casos muy graves o reiterados.

Asumir responsabilidades

Además, la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar Animal deja claro, en su artículo 24, que los dueños son los responsables totales de sus mascotas.

Estos deben “educar y manejar al animal con métodos que no provoquen sufrimiento o maltrato al animal, ni le causen estados de ansiedad o miedo”, además de “ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida”.

En todo caso, “la persona responsable de un animal será también responsable de los posibles daños, perjuicios o molestias que, sin mediar provocación o negligencia de un tercero, pudiera ocasionar a personas, otros animales o cosas”.

Los ayuntamientos se lo han tomado como una problemática seria porque, en algunos casos, los ladridos de un perro han llegado a superar los 68 dB, muy por encima de los límites que suelen establecer las distintas ordenanzas municipales.

La justicia también ayuda

Es por eso por lo que hay sentencias condenatorias cuando un perro molesta en exceso al vecindario. Por ejemplo, en 2017, la Audiencia Provincial de Las Palmas (Gran Canaria) obligó a un propietario "a adoptar todas las medidas que resulten necesarias para poner fin a la inmisión acústica causada por los ladridos y ruidos del perro que posee en su vivienda", además de a pagar una multa de "cinco mil ochocientos treinta euros (5.830 €)" en concepto de daños y perjuicios.

Lo cierto es que es normal que un perro ladre o aúlle de vez en cuando y en ocasiones concretas, pero no puede convertirse en un ruido constante que perturbe la convivencia de una comunidad. Un buen adiestramiento es el primer paso para solucionar esta problemática. 

En el caso de Canarias, por ejemplo, la justicia entendió que el dueño del perro no había hecho todo lo posible para evitar el ruido que este hacía, una "responsabilidad que le es exigible conforme a los arts. 1.902 CC y 7.2 LPH".