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Vivienda

La norma de la Ley de Propiedad Horizontal que pocos conocen: así puede un vecino perder el uso de su vivienda hasta tres años

La normativa busca proteger la convivencia vecinal y fija límites claros ante conductas reiteradas

La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: así pueden tomar "acciones judiciales" tus vecinos por hacer obras en tu piso

La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: esto es lo que debes hacer si un vecino tira colillas al patio común

Imagen de un bloque de viviendas de L'Hospitalet de Llobregat.

Imagen de un bloque de viviendas de L'Hospitalet de Llobregat. / MANU MITRU / EPC

Mariona Carol Roc

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Vivir en una comunidad de vecinos implica disfrutar de espacios comunes, como piscinas o pistas deportivas, pero también asumir una serie de obligaciones para garantizar la convivencia.

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula estas situaciones y establece mecanismos para actuar contra actividades molestas, peligrosas o prohibidas que afecten al resto de propietarios.

Entre las medidas más severas previstas por la ley se encuentra una sanción poco conocida: la privación temporal del derecho de uso de la vivienda, que puede imponerse por vía judicial en los casos más graves.

Qué dice el artículo de la Ley de Propiedad Horizontal

El artículo 7.2 de la LPH es el principal instrumento legal frente a los conflictos vecinales reiterados.

Según el texto legal, “al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.

Cuando estas conductas se producen de forma habitual y causan perjuicios, la comunidad puede iniciar un procedimiento formal para exigir que se acaben.

El papel del presidente y la junta de propietarios

El primer paso corresponde al presidente de la comunidad, que debe requerir formalmente al infractor que cese la actividad molesta en cuestión.

Si el aviso no surte efecto, la junta de propietarios, debidamente convocada, puede autorizar el inicio de acciones judiciales.

Una vez presentada la demanda, el juez puede adoptar medidas cautelares, como la cesación inmediata de la actividad, bajo apercibimiento de incurrir en un delito de desobediencia.

Hasta tres años sin poder usar la vivienda

En los supuestos más graves, la ley permite al juez imponer la privación del derecho de uso de la vivienda por un periodo de hasta tres años, además de una posible indemnización por los daños causados a la comunidad.

Si la persona infractora no es la propietaria -por ejemplo, un inquilino-, la sentencia puede llegar a declarar la extinción de todos sus derechos sobre la vivienda y su lanzamiento inmediato.

Así mismo podemos leerlo en la ley: "Si la sentencia fuese estimatoria, podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento."

El ruido, uno de los principales focos de conflicto

Los ruidos son una de las causas más frecuentes de enfrentamientos entre vecinos. Aparatos como el aire acondicionado, la lavadora o las reformas generan problemas cuando se realizan fuera de los horarios permitidos.

Por norma general, el descanso nocturno, en Catalunya, está protegido (por la ley 16/2002, de 28 de junio, de Protección contra la Contaminación Acústica) entre las 21 o 22 horas y las 8.00 horas, franja en la que los niveles de ruido permitidos se reducen considerablemente.

No obstante, estos límites dependen de las ordenanzas municipales o autonómicas, por lo que pueden variar según la localidad.

¿Y durante la siesta?

En la mayoría de municipios no existen restricciones específicas durante la hora de la siesta, por lo que se aplican las mismas normas que durante el resto del día. Sin embargo, hay excepciones.

En ciudades como Sevilla, por ejemplo, existe una limitación horaria al mediodía, de las 15 hasta las 17 horas, para que se detengan las obras en viviendas y trabajos caseros rutinarios. Esta franja se mantiene tanto en días laborables como en fines de semana.

Qué hacer ante ruidos molestos

Ante una situación de ruido excesivo, los expertos recomiendan comprobar primero si se está incumpliendo la normativa vigente.

Si es así, el primer paso debe ser intentar una solución amistosa con el vecino.

Si el problema persiste, se puede recurrir al presidente de la comunidad para que actúe como mediador. Como última opción, cabe llamar a la policía para que realice una medición del ruido y, si la conducta continúa, interponer una denuncia.

En todo caso, la Ley de Propiedad Horizontal es clara: la convivencia vecinal no es solo una cuestión de educación, sino también de cumplimiento legal.