Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Real Decreto

El asesor inmobiliario Sergio Gutiérrez desmonta el aval al alquiler aprobado por el Gobierno: "Nos venden algo que no se puede pedir"

El especialista critica que detrás de esta medida, que "queda muy bien en titulares", se esconden matices importantes

Sergio Gutiérrez, asesor inmobiliario, sobre el proyecto de alquiler social aprobado por el Gobierno: "¿75 años? Hay gente que no vive tantos años"

Sergio Gutiérrez advierte que la época de incrementos extraordinarios, con ganancias de dos dígitos año tras año, podría haber quedado atrás.

Sergio Gutiérrez advierte que la época de incrementos extraordinarios, con ganancias de dos dígitos año tras año, podría haber quedado atrás.

Guillem Ortu

Guillem Ortu

Barcelona
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Consejo de Ministros aprobó el martes un Real Decreto que permitirá la "cobertura ante eventuales impagos de rentas para contratos de alquiler de viviendas". Además, también cubrirá daños causados a la vivienda y el coste de los suministros. La gestión de este aval, enfocado a facilitar el acceso a la vivienda en colectivos como los jóvenes y las personas vulnerables, quedará en manos de las comunidades autónomas, que también se asegurarán de que los arrendadores cumplan con los requisitos establecidos para disfrutar de esta medida, anunciada en enero por el presidente Pedro Sánchez.

A priori, parece un gran avance en la defensa de los derechos de los propietarios frente a la morosidad de los inquilinos, aunque ya hay voces contrastadas que han salido al paso para pronunciarse sobre lo que consideran más una maniobra política que una medida real. Una de ellas es la de Sergio Gutiérrez, asesor inmobiliario y creador de contenido para redes, donde cuenta con cientos de miles de seguidores. En uno de sus vídeos más recientes, el especialista critica que detrás de este anuncio, que "queda muy bien en titulares", se esconden matices importantes: "Cuando te lees la letra pequeña empiezan las sorpresas".

Requisitos para recibir el aval del Gobierno

No son pocas las condiciones para poder beneficiarse de esta nueva medida, cuya línea presupuestaria todavía no ha sido habilitada. Tal como aparece especificado en la nota de prensa publicada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, la firma del contrato debe estar a nombre de un menor de 35 años o una persona vulnerable, entendiéndose por vulnerable lo que cada CCAA establezca. Además, el arrendador debe cobrar una renta del alquiler que no supere el índice estatal de referencia, al mismo tiempo que debe depositar una fianza legal obligatoria del contrato de alquiler (así como sus actualizaciones). Finalmente, el arrendador debe "suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval del alquiler", siendo este el modelo aprobado por la Administración.

Requisitos que los arrendadores deberán cumplir para acceder a la cobertura

  • Firmar un contrato con menores de 35 años o personas vulnerables (según lo establecido en cada CCAA).
  • Cobrar una renta del alquiler que no supere el índice estatal de referencia.
  • Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler, así como sus actualizaciones.
  • Suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración.

Hasta aquí, el autor del vídeo sostiene que, pese a las dificultades para acceder a esta cobertura, resulta igualmente "interesante". Ahora bien, ¿qué es lo que realmente le chirría?

¿Un aval nuevo para contratos del pasado?

La "letra pequeña" llega con el período de los contratos de alquiler contemplados para esta medida: "La cobertura estará limitada a eventuales impagos y daños generados en los contratos vigentes a 30 de enero de 2025", establece el texto oficial. Así, todos los arrendadores de nuevos contratos o, simplemente, de aquellos firmados a partir de la fecha indicada, no podrán siquiera solicitar cobertura, algo que no termina de convencer al asesor: "¡Pero si de esto hace un año!".

Con todo, el problema principal del aval no se halla, según el creador de contenido, en la vigencia de los contratos, sino en una de las condiciones mencionadas para la solicitud de la cobertura: un supuesto formulario a firmar entre arrendadores y arrendatarios del que, de momento, no hay ni rastro.

"No hay formulario porque aún no está aprobado"

"Suscribir con el arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración", establece el cuarto de los requisitos especificados en el comunicado oficial del aval por impagos de alquiler. Sin embargo, tras una breve búsqueda, el especialista llega a la conclusión de que no existe constancia de un modelo que hasta la fecha haya sido aprobado con este fin: "No hay formulario porque aún no está aprobado", dice. "Nos venden un aval de impago que no se puede pedir, que no se puede firmar o no se puede activar y que no se puede cobrar", agrega.