Sanción económica
Un experto en vivienda alerta de la multa que puede llegar a todos los propietarios a partir de julio: "Desde 2.000 a medio millón de euros"
La nueva normativa que se ha aplicado a partir del 1 de julio afecta a miles de dueños que anuncian sus alojamientos
Multas de hasta medio millón de euros para los propietarios de viviendas que no realicen este trámite
Sergio Gutiérrez, experto inmobiliario: “Después del verano el alquiler va a desaparecer para muchos”

Nueva normativa sobre la vivienda turística / Noe Parga / VIGO
Ofrecer un piso o una habitación en alquiler temporal en una de las plataformas habituales -Booking, Airbnb, Retalia...- puede salir mucho más caro de lo esperado si no se conoce la nueva ley del 1 de julio, recogida en el Real Decreto 1312/2024 e inspirada en el Reglamento 2024/1028 de la Unión Europea.
La clave está en el canal utilizado para difundir el anuncio y gestionar el alquiler temporal o vacacional. Si el propietario usa una plataforma que permite firmar contratos digitalmente y cobrar desde el mismo sitio web, como sucede con Airbnb o Booking, entonces debe registrarse en la sede electrónica del Colegio de Registrados (enlace para registrar la vivienda),
Dicha ley pretende reforzar el control tributario, reducir el alquiler clandestino y proteger a los usuarios, exigiendo estándares mínimos de transparencia y seguridad y contempla sanciones económicas de entre 2.000 y 500.000 euros a los que la incumplan.
Diversas plataformas implicadas
Sin embargo, si los propietarios no inscriben los inmuebles, el Ministerio de Vivienda podrá pedir a las plataformas que prohíban su alquiler, y estas tendrán un máximo de 48 horas para eliminarlo o inhabilitar el anuncio.
Quedan fuera de esta obligación quienes alquilen su vivienda habitual por habitaciones y lo hagan por larga temporada.
El especialista en vivienda Sergio Gutiérrez lo ha explicado en su cuenta de TikTok (@sergioexcellencecircle): "Si haces alquiler de larga estancia como vivienda habitual, aunque sea habitaciones, da igual, no deberás inscribir las habitaciones o el piso en el registro".
Sin obligación
Además, están exentos los arrendadores de temporada que no utilizan plataformas transaccionales: "Si haces alquiler de temporada pero la plataforma donde publicas no permite celebrar contratos online, tampoco deberás registrarlo. Por ejemplo, si te publicitas en Fotocasa".
Durante los últimos meses, ha habido cierta incertidumbre en el sector inmobiliario. Con esta ley, la situación se ha aclarado. "Llevamos ya todo el año especulando sobre si era obligatorio o no inscribirlo en este registro. Por ejemplo, si hacías alquiler temporal, habitacional, turístico... Pues por suerte, el Colegio de Registradores ha dado luz al asunto", apunta Gutiérrez.
Sanciones económicas
El experto en viviendas avisa: te pueden poner "multas desde 2.000 a medio millón de euros, así que ándate con ojo y ten cuidado".
Los expertos en el sector inmobiliario aconsejan informase bien sobre las características del alquiler que se ofrece y revisar las condiciones de las plataformas utilizadas.
Además, el Ministerio de Vivienda ya ha anunciado que intensificará las inspecciones en los próximos meses, por lo que adaptarse cuanto antes a la normativa será imprescindible para evitar sanciones económicas.
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