Acceso a la vivienda

Bono joven para el alquiler en Catalunya: requisitos y cómo pedirlo

¿En qué consiste el bono joven al alquiler y a quién beneficia?

En 2022, se destina una partida de más de 400 millones de euros para el acceso a la vivienda a menores de 35 años

Una joven sujeta un teléfono móvil

Una joven sujeta un teléfono móvil

Gisela Macedo

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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de marzo repartir 1.843 millones de euros entre todas las comunidades autónomas para poner en marcha el bono joven de alquiler. Catalunya recibirá 467 millones de euros (el 14,50%) para facilitar el acceso a la vivienda a los menores de 35 años, ya que la emancipación a estas edades en España está en mínimos históricos. Los jóvenes que cumplan los requisitos para acceder a estas ayudas pueden solicitarlo desde el 8 de junio.

La Generalitat, encargada de repartir estos fondos, ha lamentado que la partida destinada por el Gobierno está infradotada y que solo permitirá ayudar a 10.000 personas. No se tendrán en cuenta los ingresos de los solicitantes ni tampoco el coste del alquiler. Además, se otorgarán por orden de solicitud, hasta que se acaben los fondos. Esto hace temer que los servidores informáticos se colapsen, por lo que se han reforzado, han explicado fuentes del Govern a la emisora.

Requisitos para la subvención

Concretamente, el bono joven es una ayuda de 250 euros mensuales que podrán recibir los jóvenes durante dos años. A continuación les explicamos cómo y cuándo solicitar esta subvención.

Con todos los requisitos que hay que cumplir para acceder al bono, se estima que solamente podrán acceder entre 60.000 y 70.000 personas, que representan al 1,7% de los jóvenes emancipados en España. Estas son las condiciones que hay que reunir:

- Ser persona física y tener entre 18 y 35 años al solicitar la ayuda.

- Tener la nacionalidad española, ser ciudadano comunitario o residir regularmente en España.

- Tener un contrato de alquiler de un piso o habitación.

- No pagar más de 600 euros mensuales por el alquiler de la vivienda, o de 300 euros en el caso de arrendar una habitación. Las comunidades autónomas tendrán la potestad de aumentar el primer límite hasta los 900 euros, y hasta los 450 euros en el segundo caso. 

- Disponer de una fuente regular de ingresos y que no superen los 24.318 euros anuales.

- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente durante todo el período que se conceda la ayuda.

- No estar recibiendo ninguna otra ayuda para el pago de alquiler (sí es compatible con el ingreso mínimo vital). 

Cuándo y dónde hacer el trámite

Una vez aprobado el bono, se ingresarán los 250 euros de subvención multiplicados por el número de meses que hayan pasado desde enero. 

Desde el pasado día 8, el trámite podrá realizarse a través de la web de Habitatge de la Generalitat, o bien de forma presencial en sus oficinas.