Choque entre instancias y legislación

"Vulneraciones urbanísticas": así justifica el AMB las sanciones del Parc Agrari del Baix Llobregat

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parc agrari baix llobregat

parc agrari baix llobregat / Álvaro Monge

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El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) justifica los expedientes sancionadores interpuestos contra campesinos del Parc Agrari del Baix Llobregat porque se han detectado posibles vulneraciones de la legalidad urbanística. En un comunicado, se responde a la queja del Institut Agrícola Català Sant Isidre, que planteaba un choque entre la normativa del parque y la de instancias superior.

Entre algunos de los aspectos destacados se encuentra la existencia de casitas para uso de los trabajadores o vallas, que siguen la normativa laboral, sanitaria o la de aseguradoras. Sin embargo, el AMB destaca que el parque agrario es un espacio protegido regulado por un Plan Especial aprobado definitivamente en el año 2015 por la Generalitat, y que se rigen por este hecho.

En este sentido, aseguran que "no va ni puede ir contra el marco normativo general" y que "no existe inseguridad jurídica". Así, apuntan que la vigilancia y control del cumplimiento del planeamiento corresponde a los ayuntamientos, pero que la mayoría de los municipios que integran el parque han delegado las competencias de protección de la legalidad urbanística en el AMB.

"Los expedientes abiertos por parte del AMB hacen referencia a presuntas vulneraciones de la legalidad urbanística, el Plan especial no impide el cumplimiento de las normativas sectoriales aludidas en la nota del IACSI", destaca el AMB en un comunicado. En este sentido, destaca que el Plan Especial permite las construcciones para los usos de almacén, de instalaciones de seguridad y salud y otras relacionadas directamente con la actividad agrícola, si bien, en tanto que espacio protegido, "fija unas condiciones para preservar la naturaleza del régimen no urbanizable y protección agrícola".

En este sentido, destacan que la altura máxima de las vallas pasó de 2 metros a 1,5 metros, lo que responde a una prescripción introducida por la Comisión de Urbanismo de la Generalitat a la aprobación definitiva por razones de protección del paisaje.