El Supremo ve usura en un interés del 27% de una tarjeta de pago aplazado

FOTO: FERRAN NADEU / VÍDEO: EFE

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha puntualizado el criterio sobre los créditos 'revolving' que fijó en 2015. Lo ha hecho al avalar la nulidad de un contrato de este tipo mediante uso de tarjeta en el que declara "usurario" el interés remuneratorio, fijado en el año 2012 en el 26,82% TAE y que alcanzó el 27,24% cuando se interpuso la demanda. La sentencia declara estas cantidades "notablemente" superiores "al normal del dinero y manifiestamente desproporcionadas", según los elementos que establece para determinarlo, que pasan por la estadística que desde 2017 publica el Banco de España.