Trabajo
Despedido tras 14 años en la empresa por quedarse el cambio de 1,60 euros de un café: "Totalmente desproporcionado"
La compañía debe pagarle ahora una indemnización de 18 meses

Café saliendo de una cafetera de bar. / Efe / Carlos Ortega
¿Cuántas veces habréis ido a una máquina expendedora para obtener un pequeño vaso de café y habéis tenido algún tipo de problema con las monedas o el cambio que os tiene que devolver la máquina? Desgraciadamente, es algo relativamente común a lo que todos nos hemos tenido que enfrentar alguna vez en la vida y que ya forma parte de nuestra cotidianeidad. Sin embargo, pocos creerían que eso desembocaría en un despido tras más de 14 años.
Una persona que se encontraba trabajando en una empresa italiana, en Brescia, fue a pedir un espresso a una máquina expendedora de café. El cambio era de 1,60 euros, por lo que llamó a un técnico, que fue al día siguiente, y así recuperó esas monedas.
Sin embargo, un compañero le vio y pensó que estaba cogiendo esas monedas sin permiso del técnico, lo que provocó una discusión entre ambos que acabó implicando al responsable del personal.
Al final, el trabajador decidió devolver las monedas, ya que no estaba seguro de si el técnico se había dado cuenta del hecho al dar su consentimiento. Todo solucionado, pero dos semanas después recibió una carta de despido "por haberse aprovechado de la distracción del operador de las máquinas expendedoras, presentes en la empresa, para apropiarse indebidamente de parte del dinero, sustrayéndolo de las respectivas recaudaciones".
Como hemos mencionado anteriormente, la persona llevaba 14 años en la empresa. Así pues, el empleado impugnó el despido, y el Tribunal de Bresnia calificó el mismo como "totalmente desproporcionado". Ahora, la empresa ha sido condenada a pagarle 18 meses de indemnización.
Dado que la empresa acusó al trabajador de haber empujado a su compañero, el tribunal reconstruyó el caso y el fallo recogió, finalmente, que "en lo que respecta a la hipótesis de amenaza, tanto verbal como física, hay que señalar en primer lugar el carácter genérico de la acusación, carente de cualquier referencia específica".
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