Requisitos

Novedades en el Ingreso Mínimo Vital: la subida que recoge la web de la Seguridad Social

El IMV está destinado a las personas que se encuentran en en situación de vulnerabilidad económica

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El ingreso Mínimo Vital es una ayuda de hasta 1.500 euros que ofrece la Seguridad Social

El ingreso Mínimo Vital es una ayuda de hasta 1.500 euros que ofrece la Seguridad Social / Archivo

Max Pérez

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El último Consejo de Ministros de 2024 aprobó un aumento del 9% para el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una medida que incrementa las ayudas a los solicitantes de esta prestación. En mayo de 2020, el Ministerio de Seguridad Social aprobó el IMV con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que no disponen de los recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.

Según el Instituto Nacional de la Seguridad Social de 2024, 2.050.000 personas que conviven en 674.000 hogares se beneficiaron del Ingreso Mínimo Vital el pasado año, ayuda que ahora se verá incrementada un 9% Estas cuantías pueden ir desde los 658,81 euros a los 1.449,39 euros, según el número de personas que forman parte de la unidad de convivencia y con complementos de discapacidad y monoparentalidad.

Como solicitar la ayuda

Se puede pedir a través de internet, con el certificado electrónico, Cl@ve o rellenando un formularen el caso de queque no disponga de las dos opciones anteriores. El IMV también se puede solicitar presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.

Requisitos para solicitar el IMV

Se puede solicitar esta ayuda si se cumplen estos requerimientos establecidos por la Seguridad Social:

  1. Tener residencia en España: Haber vivido de forma ininterrumpida en el país durante al menos un año antes de la solicitud.
  2. Ingresos y patrimonio limitados: Demostrar que no se superan los umbrales económicos fijados, que varían según la composición del hogar.
  3. Estabilidad en la unidad de convivencia: Los familiares deben tener vínculos legales o hasta el segundo grado parentesco y haber convivido durante mínimo seis meses.
  4. Edad mínima: El solicitante debe tener al menos 23 años, salvo excepciones como familias con menores a cargo, jóvenes salidos de centros de protección o huérfanos absolutos.

El IMV no tiene una duración limitada si se mantienen los requisitos anteriores, sin embargo, los beneficiarios tienen la obligación de cumplir con algunos compromisos para fomentar la integración social y laboral: deben participar en programas que promuevan su empleabilidad, así como notificar cualquier cambio en los miembros de la unidad familiar como, por ejemplo, ingresos o residencia.

Además, se deben declarar los ingresos anuales y respetar los límites de ingresos laborales si algún miembro del hogar trabaja. Si se incumplen estas obligaciones se puede suspender la ayuda de forma temporal o definitiva.

El IMV lo puede pedir cualquier residente en España que esté en situación de vulnerabilidad. Esta situación se acredita por los ingresos y rentas, que deben estar 10 euros por debajo de la cuantía que garantiza el IMV, basado en la unidad de convivencia. Además, también es necesario que su patrimonio, sin incluir la vivienda habitual, no supere ciertos umbrales. Así queda esta ayuda este 2025:

  • Una sola persona: 658,59 euros.
  • Una familia de dos personas (adultos o menores): 856,46 euros.
  • Una familia de tres personas (adultos o menores): 1.054,10 euros.
  • Una familia de cuatro personas (adultos o menores): 1.251,75 euros
  • Una familia de cinco personas o más (adultos o menores): un máximo de 1.449,39 euros.

Estas cantidades no tienen en cuenta los posibles complementos, que se abonarán si algún miembro de la unidad de convivencia sufre discapacidad (igual o superior al 65%), también si se trata de una familia monoparental y el Complemento mensual de Ayuda a la Infancia (CAPI) también aumentará la cuantía, en función de la edad de los familiares menores.