Igualdad

Declarado nulo el despido de un trabajador que anunció que iba a coger la baja de paternidad

La empresa alegó "bajo rendimiento" del empleado para cesarlo, pero el TSJ de Madrid concluye que hubo un "indicio discriminatorio"

Un padre cuida de su hijo.

Un padre cuida de su hijo. / HANNA FLUNKER

Alexandra Costa

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha declarado nulo el despido de un trabajador que, antes de ser cesado, había anunciado a la empresa la decisión de acogerse a un permiso de paternidad. La compañía tendrá que readmitir al hombre y compensarle con 6.251 euros por la vulneración del derecho fundamental a la igualdad y a la no discriminación.

La empresa alegó "bajo rendimiento"

La empresa alegó ante la juez que se trataba de un despido disciplinario por bajo rendimiento. Sin embargo, el fallo da la razón al empleado porque la parte demandada no demostró que el cese tuviera otra motivación distinta a su decisión de acogerse a la baja por paternidad.

"El escaso periodo de tiempo entre la comunicación y el despido constituye un indicio discriminatorio que no ha sido desvirtuado por la empresa", reza la sentencia.

El trabajador comunicó cómo quería disfrutar de sus permisos

Los hechos ocurrieron en octubre de 2020. El empleado, que prestaba servicios como analista de marketing, comunicó a su responsable que iba a ser padre en los próximos meses. Ese mismo día, el superior le envió un "pormenorizado correo" informándole de sus derechos en relación con el nacimiento y cuidado del menor, con la información colgada en la intranet de la empresa.

Posteriormente, el 2 de diciembre, el empleado informó a la empresa "de las novedades" de su permiso de paternidad, que tenía que una duración obligada de seis semanas porque el hijo nació en 2021. Además, pidió aprovechar el total de las 10 semanas que concede el Gobierno durante el primer año de paternidad. "Mi idea es disfrutar de estas semanas a partir de septiembre/octubre [de 2021] teletrabajando a tiempo parcial (a razón de cuatro horas diarias), de modo que se conviertan en 20 semanas", detalló.

Aprovechar el permiso de lactancia

Respecto al permiso de lactancia durante los primeros tres años, del que los hombres se pueden beneficiar de cuatro semanas, el deseo del demandante fue "disfrutar de estas semanas después del permiso de paternidad de 20 semanas teletrabajando a tiempo parcial, de modo que se conviertan en 8 semanas [en lugar de cuatro]".

Mala fe en la evaluación de desempeño anual

En enero de 2021, todos los empleados de la empresa se sometieron a la avaluación de desempeño anual. En el caso del demandante, el informe determinó que "es evidente que [el empleado] no está preparado para ocupar un puesto de analista orientado al servicio, ya que las valoraciones que recibe de los interesados son mayormente negativas". 

La sentencia también recoge que la empresa aseguro que el denunciante tenía una "falta de motivación" que "le impide implicarse totalmente, y no se interesa proactivamente por adquirir nuevos conocimientos sobre su área. [...] No puede seguir trabajando".

El siguiente paso fue el despido: el denunciante recibió la carta el 26 de enero. Ahora, el TSJ de Madrid ha declarado improcedente el cese.