Sanciones de este año

Las 10 multas de la DGT que más se ponen en verano

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Un control de tráfico de los Mossos d'Esquadra en Les Garrigues

Un control de tráfico de los Mossos d'Esquadra en Les Garrigues / Acn / Xavier Pi

Alexa Fuentes

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Con la nueva Ley de Tráfico, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 3 de diciembre y que entró en vigor el pasado 21 de marzo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha endurecido algunas de las antiguas sanciones, además de introducir nuevas multas y limitaciones en las carreteras.

Es por ello por lo que, si estás de vacaciones o prevés salir breve a disfrutar de ellas, puedes encontrarte con más controles de tráfico de los habituales, puesto que también habrá muchos más desplazamientos.

Para tratar de reducir el impacto de las retenciones, la DGT indica las peores horas para viajar, al menos para los desplazamientos realizados en fin de semana. Los viernes, el tramo más complicado es de 16.00 horas a 22.00 horas, cuando la mayoría de personas han acabado su jornada laboral y se disponen a emprender la salida.

Los sábados es preferible evitar la franja de 9.00 horas a 13.00 horas, las horas elegidas por quienes no pudieron salir el viernes y tratan de aprovechar más el día.

Los domingos registran más tráfico entre las 19.00 horas y la medianoche, ante la tendencia generalizada de apurar la estancia vacacional o de fin de semana, antes de volver al hogar a retomar la rutina.

Es en estas franjas donde la DGT prevé aumentar los controles e instalar patrullas de refuerzo, para aumentar la seguridad de los desplazamientos. Y estas patrullas serán las que multarán a los conductores.

Las 10 multas más frecuentes que las patrullas de tráfico suelen poner en verano son:

  1. Exceso de velocidad. Desde marzo, se han suprimido los 20 km/h extra que antes se permitían para adelantar. Las multas por superar los límites varían en función de si son infracciones leves (hasta 100 euros de multa), una grave con hasta 200 y una muy grave puede ser de hasta 500 euros. Por ejemplo, si en una vía con un tope de 20 km/h se circula a entre 21 y 40 km/h, te pueden poner una multa de hasta 100 euros. Si se hace a entre 41 y 50 km/h, te pueden caer 300 euros. Si es entre 51 y 60 km/h, son hasta 400; entre 61 y 70 hasta 500 y más de 71, hasta 600.
  2. Alcohol. Según la DGT, el alcohol es uno de los factores de riesgo más frecuentemente implicados en los accidentes de tráfico y está presente entre el 30% y 50% de los accidentes mortales. Si el alcoholímetro marca entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l, la infracción es muy grave y la sanción económica será de 500 euros, además de perder cuatro puntos. En caso de registrar una cifra superior a 0,50 mg/l y hasta 0,60 mg/l, la multa asciende a 1.000 euros y la pérdida de puntos es de seis.
  3. Distancia de seguridad. Según la norma, no respetar una distancia de seguridad suficiente que te permita detenerte en caso de frenazo brusco sin colisionar con el vehículo supone una infracción grave y conlleva 200 euros de multa y la pérdida de cuatro puntos del carné de conducir.
  4. Tirar una colilla por la ventanilla. En verano hay riesgo extremo de incendios. De hecho, los paneles de las carreteras no dejan de advertir de ese peligro. Es por ello por lo que la DGT sanciona con una multa de hasta 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carné de conducir a todo aquel conductor o pasajero que lance una colilla desde el coche.
  5. Conducir con chanclas. Aunque no esté prohibido (igual que no lo está hacerlo sin camiseta o descalzo, o sacar el codo por la ventanilla, o comer y beber al volante), un agente de tráfico puede castigar esas acciones porque "los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo". La multa puede ser de hasta 200 euros.
  6. Usar el teléfono móvil. Es una de las más graves, ya que multiplica por cuatro la posibilidad de tener un accidente. La autoridad de tráfico puede multarte solo por llevarlo en la mano, aunque no lo utilices. Esta sanción conlleva una multa de 200 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir.
  7. Quedarse sin gasolina. Se considera "conducción negligente" si el conductor provoca "una situación de riesgo o peligro para sí mismo", como puede ser quedarse tirado en mitad de la carretera en un punto de escasa visibilidad. Puede suponer un castigo económico de hasta 200 euros.
  8. No llevar el permiso de conducir. Desde 2008 no es obligatorio llevar en el coche la póliza del seguro ni el recibo del último pago, pero sí hay que llevar, y tenerlo en vigor, el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de Inspección Técnica (ITV) del Vehículo. Independientemente de que el trayecto sea corto. No llevarlo supone una multa pequeña, de unos 10 euros. No hace falta llevarlo de forma física, se puede llevar en formato digital a través de la 'app' myDGT.
  9. Circular por el carril izquierdo. Se considera una infracción grave -y por tanto se multa con hasta 200 euros- circular indebidamente por el carril izquierdo. En una vía de varios carriles de circulación en el mismo sentido, siempre se debe utilizar el carril derecho, excepto cuando se va a adelantar.
  10. Llevar bultos o maletas en los asientos, en la parte superior sin asegurar o animales incorrectamente transportados. El conductor no puede tener interferencias ni distracciones ni de visión ni de otro tipo. Es por ello por lo que no llevar correctamente anclados los paquetes o bultos, o llevarlos sueltos en la bandeja trasera (sin atar ni asegurar) o llevar a la mascota sin protección y moviéndose libremente por los asientos supone una multa de entre 80 euros y 200, si la carga corre el riesgo de salir despedida del vehículo.