CONTROL AUDIOVISUAL

La CNMC crea un buzón de quejas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia elabora un formulario para reclamaciones sobre emisiones en televisión

edifici_CNMC_b_jordi_surroca

edifici_CNMC_b_jordi_surroca

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha elaborado un formulario para que los ciudadanos puedan presentar reclamaciones sobre los contenidos audiovisuales de cualquier programa o anuncio de ámbito nacional. Según indica en un comunicado que ha hecho público este viernes, 13 de julio, cualquier persona física o jurídica puede presentar a través de este formulario la reclamación del contenido que debe estar emitido en un plazo previo de un mes, ya sea por las televisiones en abierto o codificado, con independencia del medio de transmisión que utilicen.

Para facilitar a los telespectadores la presentación de las reclamaciones, la CNMC ha elaborado un listado de motivos para denunciar los programas. Entre ellos se encuentran la incitación al odio o discriminación por razón de raza, género, religión, discapacidad u otra circunstancia social; o el atentado a la dignidad, el honor, la intimidad, la propia imagen, las creencias políticas o religiosas o el principio de igualdad.

La emisión de contenidos cuya calificación por edades es inadecuada, las emisiones en abierto con contenido inadecuado durante las franjas de horario protegido, las de juegos de azar y apuestas fuera de la franja de una a cinco de la mañana, o las de contenido relacionado con el esoterismo y la paraciencia fuera del horario entre las 22.00 y las 7.00 horas, son otros de los motivos.

No obstante, se pueden alegar otro motivos distintos al listado de la CNMC.

También se pueden reclamar anuncios a través de este cuestionario.

Competencia no admitirá las reclamaciones sobre motivos tales como los referidos al mal gusto del producto audiovisual, las quejas que incluyan datos incorrectos sobre la fecha de emisión de los programas o anuncios, ni las inconcretas o genéricas que no indiquen de forma clara sobre qué programa versan.

Tampoco las que hayan sido resueltas o estén en tramitación en los Tribunales de Justicia o en la Administración, entre otros.

La CNMC recuerda que es responsable de que se respeten los derechos del menor en las emisiones de televisión, de asegurar que se cumplan los códigos de autorregulación, los minutos máximos de publicidad que se pueden emitir, entre otros.