Sucesos
Dos años de cárcel por robar 8 euros y unas tijeras de podar
Este delito se suele tipificar como leve, por lo que solo conlleva una multa económica
Roban un camión y los Mossos los sorprenden durmiendo dentro en Tarragona
Tres años de cárcel por robar 200 euros de una pizzería que forzó con un destornillador

Audiencia Provincial de Tarragona. / Joan Puig

La Audiencia de Tarragona ha juzgado a un hombre por robar 8 euros y tres tijeras de podar en un comercio en Amposta, en la comarca del Montsià.
El caso ha sido resuelto mediante una sentencia de conformidad tras un acuerdo entre la Fiscalía y el abogado defensor, un fallo que condena al acusado con dos años de cárcel y 244 euros de indemnización, según los detalles publicados por el 'Diari de Tarragona'.
Bajo arresto domiciliario
En la mayoría de ocasiones este delito se clasificaría como leve y, habitualmente, solo se impondría una multa económica. Sin embargo, en este caso hay varios aspectos a tener en cuenta para que se le castigue con cárcel e indemnización.
Los hechos ocurrieron la noche del 19 al 20 de mayo de 2021, cuando el hombre accedió a un comercio de jardinería situado en la carretera C-12 en el municipio de Amposta. El agravante es que el acusado estaba bajo arresto domiciliario del 1 de mayo al 20 de junio de ese mismo año, una medida impuesta por el juez por impago de multa.
Por tanto, cuando sucedió el robo, al hombre no se le permitía salir de casa.
La pena final, agravada por reincidencia
Para acceder a la tienda, el acusado rompió la puerta de acceso haciendo un agujero y, una vez dentro, forzó dos máquinas expendedoras: una de café y otra de latas de refrescos. Este destrozo causó daños materiales valorados en 180 euros.
Asimismo, se llevó 8 euros en efectivo y tres tijeras de podar valoradas en 40 euros.
Se trata de un tipo de delito por el que ya había sido procesado en otras tres ocasiones, lo que agravó considerablemente la pena final, elevándola a dos años de cárcel y 244 euros de indemnización: por los objetos robados y por los daños ocasionados.
De esta manera, la pena no solo se valora por el valor material de lo robado, sino la gravedad del método empleado (la fuerza), el quebrantamiento del arresto domiciliario y su reincidencia criminal.
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