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Tribunales

Confirmadas las penas de 30 y 19 años de cárcel para el matrimonio que agredió sexualmente a sus dos hijas menores en Badajoz

El TSJEx desestima sus recursos contra la sentencia de la Audiencia

Las defensas recurrirán al Supremo

El condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz.

El condenado, durante el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz. / LA CRÓNICA

Badajoz
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El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la condena de prisión al matrimonio acusado de agredir sexualmente durante años a dos de sus tres hijas, cuando ambas eran menores de edad.

De este modo, desestima los recursos de las defensas contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz, que impuso 30 años de cárcel al padre como autor de dos delitos continuados de agresión sexual (15 años por cada uno de ellos) y 19 años a la madre como cómplice (9 años y medio por cada uno).

El juicio se celebró los días 20 y 21 del pasado mes de enero y el tribunal consideró acreditado que el progenitor agredió sexualmente a sus dos hijas cuando estas tenían 12 y 13 años en repetidas y concede veracidad al testimonio de estas y su hermana mayor, que durante la vista narraron «el infierno» que había vivido en su casa por estos hechos, que su madre «tapaba».

La fiscalía solicitaba 30 años de prisión para el padre y 24 para la madre, petición a la que se adhirió la abogada Pilar Martos, como acusación particular en representación de la hija mayor de edad , mientras que la abogacía de Junta de Extremadura, bajo cuya tutela está la otra hija, todavía menor, pedía 33 años para cada uno de ellos.

Las defensas, en manos de Arturo Magro, en el caso del padre, y de José María del Pozo, en el de la madre, pedían su absolución. Este último propuso que se realizara un análisis forense para valorar si su estado psicológico estaban alteradas cuando ocurrieron los hechos, pero el TSJEX, como ya determinó la Audiencia de Badajoz, concluye que no son necesarias y que existen otras pruebas que demuestran que sus capacidades no estaban mermadas.

En cuanto a la eximente que el abogado de la mujer planteaba por haber sido su defendida víctima de violaciones y agresiones, al igual que sus hijas, el Alto Tribunal siguiendo el criterio de la Audiencia, tampoco admite este argumento, pues considera que las agresiones sexuales se produjeron durante mucho tiempo y que pudo haberlas denunciado antes de ser enjuiciada (en un primer momento negaba las acusaciones y apoyaba la teoría de su marido).

La sentencia del TSJEx no es firme y se puede recurrir ante el Tribunal Supremo. Tanto José María del Pozo como Arturo Magro han confirmado que presentarán recurso de casación contra la sentencia del TSJEx ante el Tribunal Superior.

Denuncia de 2023

El matrimonio fue denunciado a principios de 2023, después de que la menor de las tres hijas contase a una profesora y a una psicóloga de su instituto lo que ocurría y el centro lo pusiera en conocimiento de la Fiscalía de Menores.

A raíz de esta primera denuncia, otra de sus hermanas, mayor de edad en ese momento, también acusó a su padre de haberla agredido sexualmente cuando era menor, asegurando que no lo había contado antes por temor.

En un principio, el matrimonio, que defendía su inocencia, tenía el mismo abogado, pero en la primera sesión del juicio, la mujer se desdijo de lo declarado en fase de instrucción y culpó a su pareja, por lo que la defensa tuvo que solicitar la suspensión al haber entrado en contradicción con su marido y producirse un conflicto de intereses. El hombre había negado los hechos ante el tribunal y aseguraba que todo era una «confabulación» de sus hijas contra él.

Tras designar a la esposa un abogado de oficio, el juicio se retomó y, de nuevo, volvió a cambiar de versión y afirmó que creía a su pareja. Su letrado, no obstante, señaló que actuaba «por miedo» y que dos días antes de la vista el marido había ido a visitarla al centro geriátrico donde permanece ingresada por su deterioro cognitivo (compareció por videoconferencia debido a su estado de salud). El argumento de la defensa era que su representada era una «víctima más» del acusado y no cómplice.

60.000 euros por los daños

Además de la pena de prisión, de manera solidaria y conjunta, ambos tienen que indemnizar a cada una de las víctimas con 60.000 euros por los daños morales ocasionados.

Asimismo, el tribunal les impuso la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y comunicarse con ellas durante 20 años, en el caso del progenitor, y por un periodo de 17 años y medio, en el de la progenitora. También les retiró la patria potestad de la hija que es aún menor de edad (tiene 16 años actualmente).

El hombre y la mujer ya habían sido acusados por su otra hija, la mayor de las tres, por este mismo delito en 2006, pero ambos fueron absueltos.