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Tribunales

Un juez revoca el "no apto" a un mosso que aspiraba a cabo al no motivarse su exclusión

La sentencia resalta que la consellería de Interior "únicamente" afirmó que el agente había sido valorado en un "nivel bajo" en dos competencias del test psicotécnico, "sin especificar qué criterios se siguieron"

Dos agentes de Mossos d'Esquadra

Dos agentes de Mossos d'Esquadra / EUROPA PRESS - Archivo

EFE

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Un juez ha dado la razón a un agente de los Mossos d'Esquadra que fue calificado como "no apto" en una de las pruebas para obtener el rango de cabo, ya que no se motivaron "suficientemente" las causas de su exclusión, y ha ordenado a la Generalitat que le reconozca como superada esta oposición.

Así lo ha acordado el titular del juzgado contencioso-administrativo número 8 de Barcelona en una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, en que estima íntegramente el recurso del agente y anula las resoluciones en que fue calificado como "no apto" por no superar el test psicotécnico.

En su resolución, que se puede recurrir, el juez también reconoce el derecho del agente a tener como superada la fase de oposición y de ser llamado para la siguiente fase del proceso de selección, con las consecuencias retributivas, de reconocimiento de categoría y económicas que correspondan.

Asimismo, impone de la Generalitat las costas del proceso, hasta un máximo de 600 euros, en una resolución en la que estima íntegramente el recurso del agente, representado por el abogado Javier Aranda, del despacho Aranda, Melgar & Tasies Advocats.

El agente acudió a los tribunales ante la decisión de la consellería de Interior de no responder a su petición de aclaración tras ser calificado "no apto" en el proceso de promoción interna para una plaza de cabo en julio de 2021.

Según el juez, la Generalitat no cumplió "suficientemente" el deber de motivación a la hora de justificar la calificación de "no apto", una cuestión que en estos procesos supone una "exigencia reforzada".

En concreto, la sentencia resalta que la consellería de Interior "únicamente" afirmó que el agente había sido valorado en un "nivel bajo" en dos competencias del test psicotécnico, "sin especificar qué criterios se siguieron para llegar a esta valoración, ni por qué la aplicación de estos criterios (desconocidos) condujo a valorar las competencias como de 'nivel bajo'".

El juez remarca que el expediente del proceso permite verificar que el tribunal calificador consideró que el agente no logró el nivel exigido en dos competencias concretas: habilidades sociales y comunicativas y organización del trabajo.

"Se desconoce cómo alcanzó el tribunal calificador esta conclusión", apunta el juez, que insiste en que la Generalitat no ha especificado ningún criterio de valoración ni de interpretación de los resultados obtenidos a partir del test psicotécnico y de la entrevista.

Por el contrario, el juez considera "decisiva" la prueba pericial practicada en el juicio, en que se concluyó -tras someter al agente a las mismas pruebas- que tiene "habilidades destacadas" en los dos aspectos en que no superó el proceso en la administración catalana.