Sin autorización judicial
Absueltos siete acusados de tráfico de drogas al declarar ilegal el registro de una nave en Alicante donde había marihuana
Un juzgado estima las alegaciones de las defensas porque uno de los procesados vivía allí y la Guardia Civil accedió al inmueble sin autorización judicial
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Absueltos siete acusados de tráfico de drogas al declarar ilegal el registro de una nave en San Vicente donde había marihuana / EVA ABRIL / INFORMACIÓN
Un juzgado de Alicante ha absuelto a siete acusados de tráfico de drogas al acordar la nulidad del registro realizado por la Guardia Civil en una nave industrial de San Vicente del Raspeig, donde desmantelaron en diciembre de 2022 una plantación de marihuana.
Según se recoge en una sentencia dictada por el magistrado de la plaza 10 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Alicante, uno de los acusados residía en dicha nave y por tanto, como alegaron los abogados defensores, entre ellos Aitor Esteban Gallastegui, Mari Paz Alarcón y Aurora Gámez, se produjo una vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio al entrar en la nave sin autorización judicial.
Un juzgado de San Vicente autorizó al día siguiente de las detenciones la entrada y registro, pero el magistrado del caso considera que dicho auto no puede dar cobertura legal a lo sucedido, pese a que la mayoría de los investigadores de la Guardia Civil alegaron que desconocían que uno de los acusados residiera en dicha nave y solo inspeccionaron el interior de las instalaciones para asegurar que no había más implicados dentro.
Por contra, otros agentes, entre ellos un oficial, declararon en el juicio que sí sabían que una persona vivía en dicha nave. Pese a ello, la primera entrada para llevar a cabo las detenciones se efectuó sin autorización judicial para registrar la nave por el hecho de que también estaba habilitada una dependencia como domicilio de un procesado, según el fallo.
En la nave, situada en el polígono Canastell de San Vicente del Raspeig, intervinieron 148 plantas adultas de marihuana y 22 kilos de cogollos de «maría» ya preparados para su venta, pruebas que no han podido valorarse contra los acusados al declararse la nulidad del registro. Por ello, se acuerda la absolución de los siete procesados, para los que la Fiscalía pidió tres años y nueve meses de prisión para seis de ellos y cuatro años y cuatro meses para otro por el delito de tráfico de drogas, así como una multa por un delito de defraudación de fluido eléctrico.
Vigilancias
Según los hechos probados en la sentencia, la Guardia Civil de San Vicente estuvo realizando desde principios de noviembre de 2022 una serie de vigilancias sobre una nave del polígono Canastell al sospechar que podrían estar cultivando marihuana en su interior. Así pudieron ir identificando a todas las personas implicadas en los hechos investigados y la tarde del 2 de diciembre irrumpieron en la parcela de la nave para detener a casi todos los investigados.
El fallo precisa que al abrir la puerta de acceso a la edificación lo primero que se encontraron los agentes fue lo que constituía la «casa/habitación» de alguna persona, que resultó ser uno de los procesados. Señala el magistrado que los agentes de la Guardia Civil «eran plenamente conocedores», mucho antes del 2 de diciembre, de que en dicha nave vivía habitualmente uno de los acusados. Pese a ello, añade la sentencia, sobre las 19:30 horas aprovecharon que se abrió la puerta corredera del muro perimetral de cierre de la parcela para irrumpir súbitamente en un patio donde estaban cinco personas que fueron detenidas.
A continuación abrieron la puerta de la edificación y, pese a percatarse de que lo primero que aparecía ante sus ojos era una vivienda, no interrumpieron el operativo evitando entrar, ni se limitaron a asegurar el inmueble para que no entrara ni saliera nadie mientras se solicitaba autorización al morador para realizar la inspección o el correspondiente mandamiento judicial de entrada y registro que les habilitase para acceder, según señala la sentencia. Indica el magistrado que los agentes «omitieron dicha diligencia debida y entraron en el interior de dicho domicilio». Lo recorrieron en su totalidad y llegaron hasta la puerta trasera que comunicaba con otra zona de la nave donde estaba una plantación «indoor» de marihuana.
En ese momento, continúa la sentencia, es cuando los agentes decidieron cerrar y asegurar la vivienda. Detuvieron a siete implicados y al día siguiente se solicitó al juzgado de guardia de San Vicente la autorización de entrada y registro. Les fue concedida e intervinieron la plantación de marihuana, pero ahora el juzgado ha sentenciado que dicho auto «no puede dar cobertura legal ni convalidar la nulidad de pleno derecho de dicha diligencia policial de entrada y registro por vulneración del derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio» de uno de los encausados. Por ello, todas las pruebas obtenidas en el registro declarado ilegal por el juzgado han sido rechazadas y ante la ausencia de cualquier otra prueba contra los siete procesados se ha acordado la libre absolución de todos ellos.
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