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Pensión alimentaria

Un tribunal exime a un padre de pagar pensión a sus hijos ninis de 20 años que dejaron el trabajo porque "no les llenaba"

El hombre, que se encuentra en una situación económica y de salud delicada, daba 360 euros mensuales a los dos chicos

Ordenan a un padre a seguir pagando una pensión a una hija con la que no tiene relación

¿Puedes dejar de pagar la pensión de alimentos a tus hijos si te quedas en paro? La aclaración de la abogada Laura Lobo

Una mujer habla con un adolescente.

Una mujer habla con un adolescente. / Pexels / Timur Weber

Oriol García Dot

Oriol García Dot

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La Audiencia Provincial de Baleares dicta sentencia sobre el caso de un padre residente en las Islas Baleares que mantenía a sus dos hijos de 20 años. Los chicos no trabajaban ni tampoco estudiaban por decisión propia.

El padre pagaba 180 euros mensuales a cada uno de sus hijos obligado por la sentencia de un juzgado de instancia hace unos meses. Los dos jóvenes dejaron de estudiar con 16 años y en estos últimos cuatro años solo han tenido un empleo que dejaron voluntariamente alegando que "no les llenaba", según informa 'El Debate', medio que ha tenido acceso a la sentencia del caso.

El tribunal ha considerado que la pensión alimentaria a mayores de edad no debe ser eterna, y menos cuando existe desinterés por parte de los beneficiarios. Aunque esta obligación de alimentos se base en el principio de solidaridad, siempre se tiene que compensar con la actitud de quien pide ayuda.

Necesidad "creada por su propia conducta"

Esta decisión parece que se alinea con la doctrina reciente del Tribunal Supremo: los alimentos a los hijos no se extinguen por la mayoría de edad, sino que la obligación se extiende hasta que alcancen la suficiencia económica, siempre y cuando la necesidad no haya sido creada por la conducta del propio hijo, según informa Winkels Abogados.

Y en este caso, la situación de pasividad y falta de motivación personal de los dos jóvenes evidencia que no pueden ser considerados en situación de necesidad, puesto que esta necesidad ha sido "creada por su propia conducta", lo que extingue el derecho a percibir la pensión.

Sumado a esta situación de los jóvenes, el padre está actualmente en situación de dificultad económica y de salud. Esto agrava aún más la situación según la Audiencia Provincial.