Se saltó las restricciones

Un juez de Pamplona concluye que un ciudadano no puede subir en directo a sus redes sociales una actuación policial

El condenado a tres meses de cárcel increpó a la agente que iba a sancionarle y la grabó con su teléfono

Agentes de la Policía Foral vigilan la entrada al Parlamento de Navarra.

Agentes de la Policía Foral vigilan la entrada al Parlamento de Navarra. / Eduardo Sanz

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La sentencia dictada por un juez de Pamplona condena al procesado a tres meses de prisión por un delito de resistencia a la autoridad con el atenuante de la embriaguez y una indemnización de 125,28 euros a la agente de la Policía Municipal de la que divulgó imágenes en sus redes sociales. El acusado, que incumplía las restricciones impuestas por covid-19, increpó violentamente a los policías que iban a sancionarle y grabó la escena.

El juez considera que un ciudadano puede grabar con su móvil una intervención policial como garantía para evitar abusos de autoridad, pero sostiene que el inculpado actuó de forma violenta, con insultos hacia los agentes intervinientes, y que en todo caso no debe subir en directo a las redes sociales estas grabaciones puesto que ello supone "una exposición mediática sin motivo alguno", informa Europa Press.

El acusado empujó a una agente mientras la grababa

Durante el juicio, el Ministerio Fiscal solicitó una pena de 21 meses de prisión por un delito de atentado a la autoridad, así como una multa de 600 euros por un delito de lesiones leves después de que el procesado propinara un fuerte empujón a la agente.

Los hechos sucedieron el pasado 7 de noviembre mientras el acusado se encontraba tomando cervezas junto a un grupo de personas más tarde de las 22:00 del toque de queda. Por el lugar patrullaban agentes de la Policía Municipal que, al observar la situación, se acercaron a identificar a los participantes y proceder a sancionarlos administrativamente.

El inculpado comenzó a grabar la intervención policial con su teléfono móvil al tiempo que increpaba a los agentes y les decía que iba a subir la actuación a las redes sociales. Ante esta circunstancia, los policías le separaron del resto del grupo para identificarlo, lo que fue aprovechado por él "para grabar con su móvil de cerca a una agente de la Policía Municipal, quien le requirió para que se apartara de ella y dejara de grabarla".

La sentencia recoge como el hombre "propinó un fuerte empujón a la agente en el pecho", por lo que tuvo que ser reducido por los policías actuantes. La víctima sufrió un traumatismo ungueal y dolor en la región cubital de la mano derecha. Requirió una primera asistencia facultativa y se recuperó en cuatro días.

Un particular "puede grabar una actuación policial"

En la sentencia dictada, el magistrado considera que el empujón del imputado que provocó la caída de la agente "no tuvo un carácter grave, pues afortunadamente ninguna lesión sufrió la perjudicada, por lo que estamos en sede de delito menos grave de resistencia".

En cuanto al hecho de la grabación, el juez estima que un particular puede grabar una actuación policial como "una posible garantía en aras a evitar o poder alertar de algún abuso policial". Sin embargo, el magistrado también apunta a que publicar o divulgar estas imágenes supone un uso irregular de los datos.

El juez también ha querido apuntar sobre la existencia de una corriente que aboga por que sean los propios agentes quienes graben las actuaciones practicadas a través de dispositivos incorporados en sus uniformes o vehículos. Ya se realizó una prueba piloto con los Mossos d'Esquadra en Barcelona de esta práctica que, como argumenta el magistrado, serviría de garantía tanto para los agentes como para los ciudadanos.