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La Unión Europea estrena este 12 de agosto una nueva normativa para reducir el volumen de envases y residuos. El Reglamento, conocido como PPWR por sus siglas en inglés, sustituye a la directiva de 1994 y será de aplicación directa en los 27 Estados miembros. Aun así, no todo su contenido se aplicará de forma inminente. 

La norma busca limitar los embalajes innecesarios, mejorar su reciclabilidad, fomentar la reutilización y unificar las reglas para las empresas en todo el mercado comunitario. El cambio afecta de lleno a fabricantes, distribuidores, comercios y, en menor medida, también a los consumidores.

Desde su entrada en aplicación, las empresas deberán acreditar que sus envases cumplen los requisitos de sostenibilidad, composición y reducción de materiales, mientras que otras obligaciones se incorporarán de forma progresiva hasta 2030.

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A partir del 12 de agosto...

Envases con requitsitos de sostenibilidad

Plástico reciclado


El primer cambio afecta directamente a fabricantes y productores, que deberán poder demostrar que sus envases cumplen los requisitos de sostenibilidad, composición, y reutilización establecidos. La responsabilidad se desplaza así hacia el inicio de la cadena: las empresas tendrán que justificar que han reducido al máximo el material empleado, incorporado contenido reciclado cuando sea posible y diseñado recipientes más fáciles de reutilizar o reciclar. Algunas de ellas ya han advertido de que existen dificultades para cumplir con estas exigencia.

PFAS

PFAS


Desde el 12 de agosto, los envases destinados a entrar en contacto con alimentos que se introduzcan por primera vez en el mercado de la Unión Europea deberán respetar los límites establecidos para las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS).

Estos compuestos químicos persistentes se utilizan por ejemplo para proporcionar resistencia al agua y a la grasa. La medida no obliga, sin embargo, a retirar las existencias. Los envases que ya están en el mercado podrán continuar vendiéndose.

Recipiente de comida para llevar

'Take away'


La comida para llevar también deberá adaptarse de forma progresiva. A partir del 12 de febrero de 2027, los establecimientos de hostelería y restauración que vendan bebidas frías o calientes o comidas preparadas para llevar tendrán que permitir que el cliente aporte su propio recipiente.

El producto deberá ofrecerse a un precio no superior y en condiciones no menos favorables que cuando se sirva en un envase de un solo uso y los locales deberán informar de esta posibilidad mediante carteles. Un año después, en 2028, las grandes empresas también estarán obligados a ofrecer una alternativa reutilizable integrada en un sistema de reutilización.

Pictogramas armonizados

Etiquetas


El cambio en las etiquetas tardará algo más en llegar. A partir del 12 de agosto de 2028, los envases deberán incorporar pictogramas armonizados que informen sobre los materiales que los componen y faciliten su correcta separación. El mismo lenguaje visual se trasladará a los contenedores.

Sistema de depósito

Devolución y retorno


Una de las novedades que sí afectará a los ciudadanos será el sistema de depósito, devolución y retorno. El reglamento europeo obligará a poner en marcha este sistema si en 2029 no se alcanza, como mínimo, un porcentaje de recogida selectiva del 90% de las botellas de plástico y latas de menos de tres litros. El consumidor pagará un pequeño depósito al comprar el producto y lo recuperará al devolver el envase vacío, como ya se hace en muchos países de la UE.

En España, el incumplimiento del objetivo de recogida de 2023 activó la obligación de implantar este modelo y el Ministerio situó inicialmente el plazo en noviembre de 2026. Pero la complejidad logística ha retrasado su activación hasta 2027 o 2028.

De momento, la aplicación del nuevo reglamento se notará más dentro de las empresas que en la vida cotidiana de los consumidores. Los cambios llegarán después de forma gradual a los supermercados, restaurantes y hogares a través de nuevas etiquetas, recipientes reutilizables o sistemas de devolución.

Fuentes conocedoras del reglamento, pese a su magnitud, comparan su repercusión sobre la ciudadanía con lo que sucedió con los tapones unidos a las botellas. La obligación afectaba al diseño industrial y se terminó incorporando, de forma natural, al día a día de los compradores. 

Cabe señalar que el reglamento contiene otras restricciones pero que no entrarán en vigor hasta 2030, como el límite al espacio vacío en embalajes u otras concreciones sobre cómo debe ser el diseño del material reciclado, su embalaje, su reutilización e incluso la prohibición de ciertos envases de un solo.


Un reportaje de El Periódico

Texto: Guillem Costa
Diseño: Andrea Hermida-Carro
Coordinación: Ricard Gràcia

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