En un taller de coches
Dos bomberos aceptan una condena de multa por la muerte de un compañero en un incendio en Vilanova i la Geltrú
El acuerdo entre la fiscalía, la acusación y las defensas sostiene que los dos imputados no se dieron cuenta de que el fallecido se había descolgado del grupo hasta más de 20 minutos después de salir de la nave
Un bombero muerto y otros tres heridos en un fuego en Vilanova i la Geltrú

Manifestación en recuerdo del bombero fallecido Joan Liébana en la plaza de Sant Jaume, en octubre de 2021. / GUILLEM SÁNCHEZ

El Parque de Bomberos de Vilanova i la Geltrú (Garraf) recibió el 17 de junio de 2021, en torno a las 13.56 horas, el aviso de un incendio en un taller de coches de esta localidad. Al lugar se dirigieron varias dotaciones para combatir las llamas. En una de ellas iba el bombero Joan Liébana, que tenía 30 años. Después de entrar en la nave, se descolgó del grupo y ningún compañero se dio cuenta de su ausencia al salir del inmueble. Quedó atrapado y falleció. El cabo del cuerpo de Bomberos de la Generalitat, M. F. C., y el binomio del fallecido, I. B. B., han aceptado este lunes, tras un acuerdo con la Fiscalía y la acusación particular, haber cometido un delito de homicidio por imprudencia grave. Han sido condenados a sendas multas: el primero, de 5.400 euros, y el segundo, de 4.500 euros. La familia ya ha sido indemnizada por las compañías de seguros.
La Fiscalía de Barcelona reclamaba de forma provisional, en su escrito inicial de acusación, hasta tres años y tres meses de cárcel para el cabo y el bombero, además de inhabilitación profesional por el mismo periodo. Sin embargo, la semana pasada llegó a un acuerdo con la defensa y la acusación particular, ejercida por la familia de Liébana. Este lunes se ha celebrado una breve vista en el juzgado de lo Penal de Vilanova i la Geltrú, en la que los dos acusados se han conformado con la rebaja de la pena y el juzgado ha dictado una sentencia de conformidad.
La resolución sostiene que, nada más llegar al inmueble, los bomberos entraron en él. “En un momento que no se puede precisar”, relata, y cuando se dirigían a unas estancias para localizar el foco del incendio, I. B. B., que era el binomio de Liébana, pidió intercambiar su posición con este. Al realizar esta maniobra, Liébana, “por causas que se desconocen”, no se aferró a la manguera y, debido a la “falta absoluta de visibilidad”, perdió la posición de sus compañeros y la referencia de su ubicación espacial. A la vista de las “altísimas temperaturas, la falta absoluta de visibilidad y que el incendio no había sido localizado”, el cabo acusado, M. F. C., dio orden de viva voz a los bomberos de dar la vuelta para salir. Todos ellos, a excepción de Liébana, ocuparon la misma posición, pero en orden inverso y en dirección a la salida, y abandonaron el edificio sobre las 14.24 horas.
Atrapado en el altillo
Liébana, que se había soltado de la manguera, se quedó solo en la parte del altillo de la nave, “sin posibilidad ninguna de recuperar la posición de sus compañeros”. Perdió la referencia del lugar donde se hallaba y trató de salir por sus propios medios. Para ello, se adentró en una de las tres estancias, apoyándose en las paredes en busca de una puerta que le condujera a la escalera, “hasta que, debido a las altísimas temperaturas y probablemente al agotamiento de las reservas de aire del equipo”, cayó desvanecido y pereció. Durante todo ese tiempo, el fallecido no pudo activar la alarma denominada código rojo ni emitir ningún mensaje de socorro por la emisora, probablemente debido a las quemaduras que afectaban a su mano izquierda, antebrazo y tórax, producidas por el calor extremo en el interior.
Ninguno de los acusados se percató de que Liébana no había salido de la nave hasta que fue hallado casualmente por dos efectivos del cuerpo de bomberos que subieron al altillo para abrir ventanas y ventilar tras la extinción del incendio.
La sentencia relata que el binomio del bombero fallecido no se cercioró de la posición de su compañero, ni de que se hubiera agarrado a la manguera, ni de que bajara las escaleras, ni de que saliera de la nave, “a pesar del riesgo que para su vida o integridad física corría”. Y más aún cuando él era un bombero experimentado y Liébana “tenía apenas experiencia”. Por ello, el binomio del fallecido, según el juzgado, “incumplió gravemente la norma de seguridad y cuidado”, sostiene el acuerdo.
El cabo acusado, por su parte, en su función de jefe, cometió también una “infracción grave de las normas de cuidado”, pues, “a sabiendas” de que cuatro efectivos habían entrado en la nave en condiciones extremas incompatibles con la vida, “no se cercioró de que todos los bomberos a los que había dado la orden de entrar en la nave habían salido”. La falta de colocación de un sistema de control imposibilitó que cualquier otro bombero supiera que Liébana permanecía en el interior de la nave.
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