Delito contra el medio ambiente
Denunciado un cazador furtivo por abatir un tejón en el Alt Urgell
El autor de los hechos puede ser sancionado económicamente y con una retirada de licencia de caza hasta 2028
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Agents Rurals (imagen de archivo) / ACN

Los Agents Rurals han capturado a un cazador furtivo mientra abatia un tejón en el interior de una Área Privada de Caza en el Alt Urgell. Una vez identificado, las autoridades han denunciado al cazador porque el animal es una especie no cinegética, y por lo tanto, no está permitida su caza legalmente.
La actuacion tuvo lugar mientras efectivos del Grup Especial de Verins i Antifurtivisme (GEVA) llevaban a cabo un servicio preventivo contra el furtivismo en la Reserva Nacional de Caça de la Cerdanya-Alt Urgell, en una zona cercana al lugar donde se produjeron los hechos, según han informado los Agents Rurals este lunes.
Además del abatimiento ilegal del tejón, los agentes constataron que los disparos se efectuaron desde una zona de seguridad y que la persona denunciada no disponía de ninguna licencia, permiso ni autorización que le permitiera cazar legalmente en ese ámbito territorial.
Posible retirada de la licencia de caza
Las conductas observadas por los Agents Rurals constituyen diversas infracciones graves de la normativa de caza, de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, y el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, del Reglamento de Armas. Estos incumplimientos pueden conllevar multas elevadas y, asimismo, la posible retirada de la licencia de caza por un periodo de hasta dos años.
El Código Penal especifica como delito la captura o la muerte de un animal que, sin estar protegido, no tenga permitida su caza, especialmente cuando se realiza sin autorización del titular del aprovechamiento cinegético.
Esta conducta puede constituir igualmente un delito de furtivismo, agravado por el hecho de producirse en fincas ajenas sin el permiso correspondiente, y puede conllevar penas de multa, así como la inhabilitación para el ejercicio de la caza de entre uno y cinco años.
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