Ingresado "muy grave"
El bebé maltratado por sus padres tenía fracturas y lesiones compatibles con una agresión sexual
Fuentes consultadas apuntan que al menor, hospitalizado, le pueden quedar lesiones orgánicas y neurológicas
El padre y la madre, de 42 y 43 años, han negado los hechos y han declarado que no se explican lo ocurrido
Encarcelada una pareja por maltrato y agresión sexual a su bebé de un mes en Barcelona
El maltrato hacia bebés y niños menores de tres años se dispara un 33% desde 2020 en España
¿Qué pasará ahora con el bebé de Barcelona agredido por sus padres? Así actúa la DGPPIA

EFE
El bebé de un mes y medio agredido por sus padres en Barcelona se encuentra ingresado en el Hospital Vall d'Hebron con heridas "muy graves" que podrían dejarle secuelas orgánicas y neurológicas, según ha podido saber EL PERIÓDICO. El pequeño presenta fracturas y lesiones compatibles con una agresión sexual como han corroborado una pediatra y una médico forense en la investigación de los hechos. Los investigadores han constatado, además, que los presuntos malos tratos al bebé han sido continuados. El Tribunal de Instancia de Barcelona ha decretado prisión sin fianza para sus padres, un hombre de 42 años y una mujer de 43 años residentes en Barcelona, por supuestos delitos de maltrato habitual, lesiones muy graves y agresión sexual con penetración.
El hombre y la mujer, ambos españoles, no tienen más hijos en común, viven en la Gran Via de la capital catalana y pertenecen a una familia de clase media. Él trabaja en una fábrica y ella lo hace en el sector sanitario. Según ha podido saber EL PERIÓDICO, durante su declaración la pareja negó los hechos, dijo no entender por qué tenía el niño heridas y afirmó que el bebé era un niño muy deseado al que también cuidaban sus dos abuelas.
El juez ha acordado dar la tutela del bebé a la Direcció General de Prevenció i Protecció de la Infància i l'Adolescència (DGPPIA), la antigua DGAIA.
La detención de la pareja se produjo el pasado 18 de marzo después de que el Hospital Vall d'Hebron informara a los Mossos y al juzgado de guardia del ingreso de un menor de un mes y medio con graves lesiones. El protocolo se puso en marcha y se arrestó a los padres del bebé.
El magistrado ha tenido en cuenta a la hora de decretar la prisión de los progenitores los informes médicos sobre el estado de salud del pequeño y las lesiones que presentaban, entre ellas varias fracturas por el cuerpo compatibles con zarandeos y golpes. Por ahora no se teme por la vida del pequeño.
Una agresión sexual de este tipo está penada con hasta 12 años de cárcel, y hasta 15 si se demuestra la violencia
La Fiscalía de Barcelona pidió como medida cautelar la prisión de los dos progenitores y la suspensión de la patria potestad. La acusación pública sostiene que había indicios de la comisión de un delito de maltrato habitual, lesiones y agresión sexual con penetración. Los motivos de la prisión se fundamentaban en la existencia de riesgo de fuga, por lo elevado de las penas para los delitos presuntamente cometidos y por la posibilidad de reiteración delictiva.
Además de la gravedad de las lesiones, se ha tenido en cuenta a la hora de acordar el encarcelamiento del matrimonio las elevadas penas que pueden comportan los delitos que se les atribuye. Una condena por agresión sexual de estas características oscilaría entre los 10 y 12 años de prisión y si se demuestra que existió violencia, hasta 15 años. La pena por un delito de lesiones depende de la gravedad de las mismas, aunque conlleva una pena de prisión, al igual que el maltrato habitual (hasta tres años de prisión). El juez también puede imponer, si procede, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento de uno a cinco años.
El protocolo ha funcionado
En este caso, el protocolo de detección de maltrato infantil ha funcionado y ha sido el hospital quien ha comunicado a las autoridades policiales y judiciales el suceso. Ese protocolo fue modificado a raíz del caso de la pequeña Alba en 2006. La Audiencia de Barcelona condenó en 2009 a penas que suman 20 y 22 años de prisión a Ana María Cano, la madre de la pequeña de Montcada i Reixac (Vallès Occidental), y a Francisco Javier Pérez Espinosa, su compañero. El acusado agredió y maltrató a la niña y la mujer lo consintió y "no adoptó decisión alguna para evitar el comportamiento vejatorio" poniendo "en peligro la integridad física de la menor". A consecuencias de las lesiones, la niña sufrió una invalidez irreversible.
El caso de la pequeña Alba en 2006 sacudió el sistema y dio origen al actual protocolo de actuaciones
Fue en septiembre de 2006 cuando se firmó un protocolo entre la Sindicatura de Greuges, la fiscalía, la Delegación del Gobierno y varias conselleries de la Generalitat, entre ellas las de Salut, Drets Socials y Educación, para unificar la actuación en casos graves de abuso y maltrato y pasar a un modelo más coordinado. Se reformó, así, el sistema de comunicaciones. Antes muchas comunicaciones entre policía y juzgados, o entre juzgados, iban incluso por correo postal; después del 'caso Alba' pasaron a ser telemáticas, para ganar rapidez. También se impulsó el RUMI (Registro Unificado de Maltratos Infantiles, gestionado por Drets Socials) para que los antecedentes y alertas no quedaran dispersos. Con el tiempo, ese giro se consolidó en protocolos posteriores. El de 2019 define indicadores de sospecha, reduce la interpretación subjetiva, fija pruebas, exploraciones, entrevistas y circuitos según la gravedad, incorpora un enfoque específico para bebés y primeros meses de vida y promueve equipos expertos.
La idea clave de este procolo es que cualquier signo obliga a actuar de inmediato. El profesional debe valorar lesiones, conductas del menor, conducta de los progenitores o cuidadores y contexto familiar y no limitarse solo a la lesión física. La valoración final debe ser interdisciplinaria, combinando la visión sanitaria y psicosocial. Una parte muy importante es la notificación obligatoria. El protocolo dice que todos los casos de sospecha o certeza deben registrarse en el RUMI y que la comunicación judicial es una obligación legal del profesional sanitario. Además, cuando hay riesgo grave o urgencia, debe contactarse con la DGAIA y, según el caso, con Fiscalía, juzgado o Mossos. Este supuesto es el que se ha dado en el caso de este bebé.
En 2025, la red Barnahus atendió 3.735 casos de violencia sexual contra niños y adolescentes. Un 56% de estos abusos se produjeron en el ámbito familiar.
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