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Código Penal

El impacto de la reforma penal en velocidad: "No habrá cárceles llenas, pero sí más conductores juzgados"

La fiscal de Seguridad Vial en Galicia vaticina un "efecto disuasorio" de aprobarse la rebaja de los umbrales punibles de velocidad

Acceso al edificio de los Nuevos Juzgados.

Acceso al edificio de los Nuevos Juzgados. / L. O.

R. Prieto

A Coruña
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Miles de conductores pasarán de la ventanilla de Tráfico al banquillo, con abogado, procurador y una posible anotación de antecedentes penales que puede condicionar empleos, oposiciones o permisos profesionales. La rebaja de los umbrales penales por exceso de velocidad que plantea el PSOE no llenará las cárceles, pero sí transformará el mapa de la seguridad vial. 

El castigo dejará de ser una multa de 600 euros y retirada de 6 puntos del carné para convertirse en un delito que arrastra antecedentes y obliga a pasar por un juzgado. La fiscal de Seguridad Vial en Galicia, Paula Grau, lo resume: "No habrá una avalancha de ingresos en prisión, pero sí un efecto disuasorio y un aumento claro de diligencias penales".

En España, quien no tiene antecedentes y recibe menos de dos años de condena no entra en prisión, y el delito del 379.1 suele castigarse con prisión de 3 a 6 meses, multa o trabajos en beneficio de la comunidad. El terremoto no será penitenciario, sino administrativo: la retirada del carné entre uno y cuatro años afectará a miles de conductores que antes salían del paso con una sanción administrativa.

El gran cuello de botella seguirá siendo la identificación del conductor. Con los radares móviles, muchos investigados se escudan en el clásico "no sé quién conducía, el coche lo usamos todos". Sin identificación, no hay delito: el caso vuelve a Tráfico y se convierte en una multa por no identificar al infractor, que es el triple del importe de la sanción por la velocidad a la que se circulaba. Grau advierte de que a esta grieta se enfrentan jueces y fiscales ante la mayoría de los delitos por velocidad excesiva y reclama endurecer esa multa administrativa por no identificar al conductor.

Pero cuando sí se identifica al conductor, la consecuencia es clara: antecedentes penales, pérdida del permiso y un riesgo real de reincidencia. Y ahí sí aparece la sombra de la prisión: no por un solo exceso de velocidad, sino por la acumulación de delitos viales que, sin necesidad de un siniestro grave, pueden terminar con el conductor entre rejas.

Otros países

España ha sido tradicionalmente generosa en sus umbrales penales en comparación con otros países.

En Francia, el exceso de velocidad de más de 50 km/h se considera un delito directamente (grand excès de vitesse), con multas de 1.500€ y confiscación del vehículo.

En Reino Unido, superar las 100 millas por hora (160 km/h) en autopista o exceder el límite en 30 mph (unos 48 km/h) puede llevar a juicios penales rápidadoa.

Suiza, por su parte, es uno de los más estrictos; superar el límite en 40 km/h en ciudad puede acarrear penas de prisión efectivas y multas basadas en el patrimonio del conductor.

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