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Acoso escolar

Una escuela de Badalona debe indemnizar con 12.000 euros a la familia de una alumna por no actuar contra el 'bullying' que sufría

La jueza condena a la Institució Cultural Laietània por haber permitido "vejaciones y humillaciones" tanto en el centro como a través de redes sociales

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La madre de la menor frente al colegio tras conocer la sentencia

La madre de la menor frente al colegio tras conocer la sentencia / El Periódico

Germán González

Germán González

Barcelona
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La Sección Civil del Tribunal de Instancia número 6 de Badalona ha condenado a la Institució Cultural Laietània de Badalona a indemnizar con 12.000 euros a la familia de una alumna que sufrió acoso en el centro y también a través de redes sociales. La sentencia estima la demanda de los padres, que reclamaron esa cantidad como daños morales al colegio por su responsabilidad al no evitar estas humillaciones.

En su resolución, la magistrada señala que en 2021 existió un hostigamiento hacia la menor durante meses con vejaciones y humillaciones continuadas por parte de otros alumnos, incluyendo insultos y calificativos sobre su aspecto físico, como “anoréxica”, y expresiones despectivas como “marginada”. También se le aisló del grupo. Además, el acoso también si infligió a través de mensajes en redes sociales, como cuentas de TikTok, que fueron aportados al procedimiento.

La magistrada ha estimado los informes periciales en los que se afirma que la menor sufrió discriminación por razón de su aspecto estético llamándola anoréxica, sin que se aplicaran recursos específicos sobre ello ni que el centro priorizara un clima de respeto y de tolerancia. En este sentido, la jueza estima que la escuela "abandonó su condición de garante".

Desde 2021

La sentencia remarca que la alumna empezó a sufrir acoso en febrero de 2021. Sin embargo, el protocolo antibullying se activó meses más tarde, "cuando las vejaciones habían ya sido múltiples". Por este motivo, la jueza entiende que "no se salvaguardó la integridad física y moral de la víctima, por lo que finalmente se afectó la salud mental de la alumna, que tuvo que marcharse del centro".

La menor estuvo más de un año sufriendo acoso y, finalmente, dejó de ir a la escuela después de presentar varias crisis de ansiedad. Para el tribunal, en este caso se ha producido "un incumplimiento de la obligación" del centro de garantizar que no se produjera el acoso a la alumna.

Por eso, estima la demanda y condena a la escuela a indemnizar a los padres por los daños morales que quedan acreditados por los informes médicos aportados por la familia de la niña. La sentencia no es firme y prevé la posibilidad de interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días.

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