Sentencia
La justicia da la razón a dos vecinas: llevaban 30 años usando los trasteros comunitarios de forma privada
La comunidad pedía que los locales fueran de todos los propietarios
El Tribunal Supremo propone rescatar la figura del magistrado emérito y alargar las jubilaciones hasta los 75 años
El Supremo confirma la pena a mando de los Mossos por acosar a agente tras la maternidad

Trasteros de uso comunitario / L.O. / LMA_EXTERNAS
El Tribunal Supremo ha dado la razón a las dos vecinas de Madrid que fueron demandadas por su comunidad de vecinos. Las acusaban de ocupar dos trasteros que debían ser para el uso de toda la comunidad.
El caso, a los tribunales
En 2017, los vecinos interpusieron una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 53 de Madrid, donde acusaban a las dos vecinas de “carecer de título que ampare dichas ocupaciones o usos exclusivos y excluyentes de los trasteros”.
Además, exigían que “se condene a las demandadas a hacer entrega a la Comunidad de Propietarios de la libre y expedita posesión de los indicados espacios para su uso comunitario, compartido por todos los propietarios del edificio”.
A favor de las demandadas
Las acusadas recurrieron la sentencia, alegando que habían adquirido los trasteros por prescripción adquisitiva (usucapión), es decir que eran propietarias de estos espacios por haberlos ocupado durante más de 30 años de manera pública, pacífica y no interrumpida, tal y como recoge el artículo 1941 del Código Civil. La Audiencia Provincial n.º 14 de Madrid consideró válido este argumento y desestimó la demanda.
Ante esto, los demandantes interpusieron un recurso de casación, donde manifestaban que esta ocupación iba en contra de varios puntos de la Ley de Propiedad Horizontal.
Sentencia ratificada
La demanda pasó en tercera instancia al Tribunal Supremo, que confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial.
El alto Tribunal desestimó las alegaciones que interponían los demandantes indicando que “es compatible la existencia de una comunidad con la usucapión a favor de uno de los comuneros, siempre que este, con actos claros y manifiestos, evidencie la posesión de la cosa común en concepto de dueño y transcurra el tiempo marcado por la Ley”.
Finalmente, el 25 de junio de 2025 el Tribunal Supremo publicó la sentencia (STS 2923/2025) donde informaba que ambas vecinas habían adquirido legítimamente los trasteros por usucapión y podrán seguir usándolos. Además, condenó a la comunidad de vecinos a pagar los costes judiciales.
- Vídeo | La retirada del camión accidentado el sábado en la AP-7 provoca retenciones de más de 10 kilómetros en Tarragona
- Un muerto y un herido grave en un accidente con tres camiones implicados que corta la AP-7 an L'Aldea (Tarragona)
- Residir cerca del mar no alarga la vida: en el interior de España se vive hasta 10 años más que en la costa
- Condenados dos rusos por alquilar en Barcelona viviendas como pisos turísticos sin permiso de los dueños
- Superestafa inmobiliaria en Catalunya: el juicio con 128 víctimas empezará en febrero
- Avalancha de turistas argentinos que arrasan con las compras en España: 'Compramos maletas y las llenamos, la ropa aquí es mucho más barata
- ¿Por qué el camión accidentado en L'Ametlla mantiene cortada la AP-7 30 horas después?
- Sánchez afirma que España está trabajando en nuevos impuestos a los jets privados: 'Quien más contamina debe pagar, es lo justo