Educación en Catalunya
Vuelta a las aulas: ¿Quién es el alumnado con Necesidades Educativas Específicas (NEE) y cómo se decide su atención en la escuela?
Casi un 35% de los alumnos de Infantil-3 a 4º de la ESO en Catalunya son NEE, 9.000 más que el curso anterior
Catalunya arranca el curso escolar con el reto de atender a casi un 35% del alumnado con necesidades educativas especiales
MULTIMEDIA: Los cinco retos del curso escolar 2025-2026

Alumnado en el instituto escuela en Barcelona, el primer día del curso 25-26. / JORDI OTIX

El curso escolar 2025-2026 ha empezado marcado por la urgencia de fortalecer una escuela con un alumnado cada año más diverso. Casi un 35% del estudiantado entre Infantil-3 y 4º de la ESO, es decir, entre los 3 y los 16 años, tiene Necesidades Educativas Específicas (NEE). En cifras absolutas, el curso pasado había 335.746 alumnos NEE sobre un total de 946.013; 9.000 más que el curso anterior. Un porcentaje no por casualidad prácticamente idéntico al de pobreza infantil, situado en el 34,8% según la última Encuesta de Condiciones de Vida publicada por el Institut d'Estadística de Catalunya a partir de los datos de 2024.
El Departament d'Educació i Formació Professional divide las Necesidades Educativas Específicas en A y B.
Se considera NEE A al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que esté afectado por una discapacidad física, intelectual o sensorial, o por trastornos del espectro autista (TEA), trastornos graves de conducta, trastornos mentales o enfermedades degenerativas graves y minoritarias, en el caso de que la discapacidad, el trastorno o la enfermedad comprometa su proceso de aprendizaje o dificulte su éxito escolar. El curso pasado -el último del que hay cifras oficiales- había identificados 43.366 niños y niñas NEE A.
El alumnado NEE B son los niños y niñas con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales y alumnado con o sin necesidad específica de apoyo educativo que se encuentra en una situación de desventaja educativa "en relación con las condiciones básicas de educabilidad", que compromete su proceso de aprendizaje o dificulta su éxito escolar, asociada a una situación de pobreza o riesgo de padecerla, a falta de recursos socioculturales en las familias, a la existencia de procesos migratorios recientes y condición de recién llegado a Catalunya, a la incorporación tardía al sistema educativo, asociada a la falta de competencia lingüística en la lengua vehicular de los aprendizajes o a una escolarización previa deficitaria y/o a situaciones de desamparo o acogimiento.
El curso 24-25, el último del que hay cifras oficiales, había en la escuela catalana 292.380 niños y niñas NEE B.
Según el artículo 54 del decreto de admisiones (decreto 11/2021), el Departament d'Educació i FP "dota a los centros públicos y privados concertados de los recursos adecuados para la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y asigna los recursos adicionales como medida para favorecer la escolarización equilibrada del alumnado con necesidades educativas específicas, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias".
En ese sentido, el Govern aprobó este agosto un importe de 62.632.761 euros para la contratación del servicio de monitores de apoyo al alumnado con necesidades educativas especiales para el periodo comprendido entre enero de 2026 y agosto de 2027.
Las familias y los profesionales denuncian que la inversión en escuela inclusiva es todavía "absolutamente insuficiente" y lamentan tener que batallar por cada recurso.
El mismo decreto de admisiones señala que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales requiere el informe del Equipo de Asesoramiento Psicopedagógico (EAP) sobre el reconocimiento de necesidades específicas de apoyo educativo. "La resolución del director o directora de los servicios territoriales determinará la asignación de plaza escolar en aquel centro que, de acuerdo con dicho informe, atienda mejor las necesidades educativas del alumno o alumna", prosigue la normativa.
La asignación de las plazas reservadas se realiza, según el mismo documento oficial, atendiendo a los siguientes criterios: la escolarización equilibrada del alumnado; la procedencia cultural del alumnado, los informes especializados; las necesidades específicas del alumnado y los recursos financiados con fondos públicos de que dispone el centro para atenderlas; la proximidad del domicilio; la existencia de hermanos o hermanas en el centro y la voluntad de los padres, madres, tutores o tutoras expresada en su solicitud de admisión.
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