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Entrevista | Carlos Borrás Abogado vigués y socio del despacho Borrás y Parapar

"En una vivienda de tu propiedad no es legal que te prohíban tener mascotas"

Los cambios legislativos sobre el trato a los animales y sobre la responsabilidad por su tenencia le han dado a los ya considerados «seres sintientes» un papel más protagónico dentro de las salas de los tribunales, una proliferación judicial en materia de divorcios, convivencia vecinal y violencia, entre otros, que analizamos con el abogado vigués Carlos Borrás

La odisea para encontrar un alquiler en el que permitan mascotas: "Es una situación que no le deseo a nadie"

El abogado vigués Carlos Borrás.

El abogado vigués Carlos Borrás. / FDV

Marta Clavero

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Socio del despacho Borrás y Parapar fundado en 1998, por la mesa del conocido abogado vigués Carlos Borrás, experto en diversas ramas del Derecho, han pasado infinidad de casos de toda clase y condición que le confieren una extensa, y en su mayoría, exitosa trayectoria en el ámbito legal.

Aprovechando esa capacidad para abordar esa amplia gama de procesos y pleitos, y también por su profundo conocimiento en leyes, abordamos con este letrado algunas cuestiones relativas a los derechos y deberes de los animales, cuyo protagonismo en las salas de tribunales empieza a convertirse en algo más habitual, sobre todo desde los cambios legislativos que se han producido en los últimos años.

"Sí que han proliferado este tipo de casos. Desde divorcios, donde se discute la custodia, pensión para alimentar a la mascota y demás gastos, a accidentes con animales, como autores o víctimas de los mismos, además de los clásicos casos que se dan en Galicia como atropellos a jabalís u otros animales", explica Carlos Borrás que añade otros temas que también aborda su su bufete como "daños provocados por mascotas, mordeduras de perros y reclamación a sus dueños, o su seguro", así como cuestiones de convivencia, por ejemplo, en una comunidad de vecinos.

¿Es legal que se prohíba tener mascotas en casa?

En una vivienda de tu propiedad, no es legal que te prohíban tener mascotas, salvo las excepciones de especies protegidas, que ya de por sí es ilegal tenerlas, o las limitaciones que se pueden dar, por ejemplo, en perros de razas potencialmente peligrosas. En una vivienda de alquiler es muy común que el propietario prohíba tener mascotas; entiendo que eso no es ilegal siempre que forme parte de las condiciones del contrato.

¿Quién tiene la potestad dentro de un edificio de residentes para determinar si se permite o no?

En las Comunidades de Vecinos no se pueden realizar actividades que la Ley denomina "nocivas, insalubres o peligrosas", es decir, no te pueden prohibir tener mascotas en tu casa. No obstante, si el animal deja sus excrementos por todo el edificio, o se pasa todo el día ladrando, o ha atacado a algún vecino, la Comunidad podría requerir al propietario para que cesase en su actitud y, en último caso, acudir al juez para que le obligue a cesar en la conducta, indemnice en su caso a los vecinos por daños y perjuicios, e incluso prohibirle el uso de la vivienda durante un tiempo máximo de 3 años.

¿Cuáles suelen ser las exigencias que imponen las Comunidades a los inquilinos con mascota?

Se les puede prohibir estar en las zonas comunes, por ejemplo, si el edificio dispone de jardines o piscina, se les puede limitar el uso.

¿Qué responsabilidades debe asumir un vecino con mascota para cumplir la ley?

Es responsable civil directo de lo que haga su mascota. Es decir, además de cumplir con las exigencias de la Ley en cuanto a vacunas, seguros, etc., si su animal de compañia causa algún daño a alguien o un destrozo en alguna zona comunitaria, deberá asumirlo el propietario.

Cuando un vecino denuncia por sufrir una situación derivada de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas causadas por la mascota de otro vecino, ¿qué opciones tiene, antes de llegar a la vía judicial?

Habría que empezar por comunicarlo en las Juntas de Propietarios para que se requiera al vecino propietario de la mascota que cese en esa actitud y, si ha habido algún daño, que se indemnice.

Y cuándo ya no queda más remedio, ¿le recomienda que tome esta vía?

Yo siempre recomiendo un acuerdo: más vale un mal acuerdo que un buen pleito. Pero, desde luego, si no hay remedio, acudiría a la vía judicial. Son procesos normales de duración, el coste va en función de lo que se reclame en cada caso y, como todos los juicios, se puede ganar o perder. Lo que sí hay que tener siempre es mucha prueba del daño producido y de que lo haya hecho la mascota: ahí valen fotos, mensajes de Whatsapps, testigos, etc.

Una clienta, a la que le mordió un perro y conseguimos que fuera indemnizada, no se daba por satisfecha y quería que se sacrificase al animal: obviamente le dijimos que no se podía hacer

Carlos Borrás

— Abogado

¿Cuáles son las penas a las que se enfrenta el responsable de esa mascota?

Normalmente las cuestiones relativas a los daños o lesiones provocadas por animales, se resuelven por la vía civil, es decir habría que indemnizar los daños y perjuicios que causase el animal, en la cuantía que sea. Solamente en el caso de que el propietario actuase de manera imprudente, por ejemplo, llevase un perro suelto sin bozal y ese perro atacase a una persona en un lugar público, podría llegar a ser condenado como autor de un delito, que se graduaría en función del daño causado y de la peligrosidad potencial del animal. No es lo mismo llevar un caniche suelto y sin bozal que un Rot Wailer.

¿Además de los pleitos en comunidades de vecinos, qué otro tipo de casos que también tengan a un animal como protagonista de la historia suelen tratarse en los juzgados?

Son habituales los juicios relacionados con la custodia en casos de divorcio: con quién se queda el animal, incluso custodia compartida, quién corre con los gastos de alimentación y/o de veterinario.

¿Alguno curioso que recuerde o del que haya tenido conocimiento?

En el despacho hemos llevado bastantes, tanto en tema de separaciones, como de ataques de perros, por no hablar de los atropellos a animales, que son muy numerosos. En relación con los ataques, recuerdo uno bastante curioso de una señora a la que le había mordido un perro. Conseguimos que la indemnizase la aseguradora de la propietaria del perro, pero nuestra clienta no se daba por satisfecha y quería que se sacrificase al animal: obviamente le dijimos que no se podía hacer.

Cuando entró en vigor la Ley de Bienestar Animal, ¿qué tipo de casos nuevos se empezaron a tratar en los tribunales, debido a esa protección legislativa que ahora cubre a las mascotas?

Sobre todo los relacionados con el maltrato: personas que denuncian a propietarios de animales porque se encuentran en mal estado, porque los tratan mal, etc.

¿Los abogados os habéis tenido que formar en este tema para poder afrontar esos nuevos casos?

Pues sí, aunque tenemos que estar continuamente formándonos cada vez que entran en vigor nuevas leyes. Sí que es cierto que, cada vez más, tienes que ser consciente de la existencia de las mascotas, sobre todo en casos de divorcio, que era algo que antes no solíamos tener en cuenta.

Cuando se decidió legislar sobre el maltrato animal, es por que una sociedad avanzada como la nuestra no podía tolerar según qué comportamientos

Carlos Borrás

— Abogado

¿Es de los que piensa que esta Ley ya tardaba, teniendo en cuenta lo desprotegidos que estaban los animales antes de que entrase en vigor?

Yo creo que las leyes siempre van por detrás de los avances sociales, es decir, que cuando se promulga una ley sobre un tema, es porque ya 'llueve sobre mojado'. Cuando se decidió legislar sobre el maltrato animal, es por que una sociedad avanzada como la nuestra no podía tolerar según qué comportamientos, y por eso se hizo necesario.

Hace poco nos hacíamos eco en FARO del ‘asesinato’ de una paloma por parte de un vecino de Zamora que la había colgado del cuello, desde el alfeizar de su ventana. El caso lo denunció públicamente, colgando fotos terribles en redes, un vigués residente en Pucela que le solía dar de comer a la paloma, porque tenía el pico torcido y por sí misma no podía alimentarse...

Entiendo que habrán interpuesto la correspondiente denuncia y que el juzgado abrirá unas diligencias para tratar de localizar al animal de dos pies que cometió semejante atrocidad, para que luego tenga un juicio y, si es culpable, que resulte condenado.

En este tema, la ley ha cambiado la denominación de animal doméstico por animal vertebrado, precisamente para ampararles en casos como el de esa paloma ¿Me puede explicar qué supone este cambio de nomenclatura?

Esto se hace para ampliar el campo de protección. La propia Ley sigue el camino de países más avanzados en estos temas como Alemania o Reino Unido, y lo que implica es que no solo se protege a los animales domésticos o domesticados, si no a todos aquellos que sean susceptibles de ser maltratados por el hombre, incluso los silvestres. El ceñirse al término 'doméstico' implica que solo eran objeto de protección los animales que estaban al cuidado del hombre, y no los silvestres o salvajes, que ahora también se protegen de las agresiones.

En temas de maltrato y tratamiento a los animales, al margen de lo obvio ¿hay cosas que antes hacíamos con normalidad y que ahora están prohibidas, como dar de comer a las aves?

Lo de alimentar a cualquier animal callejero, ya sean perros, gatos, palomas o cualquier ave sin dueño reconocido, está regulado por cada ayuntamiento. En Vigo, por ejemplo, la Ordenanza Municipal lo prohibe, por un tema de salubridad, y hasta sanciona con multas. La Ley sí contempla, por ejemplo, el no poder dejar solo a tu perro más de 24 horas sin supervisión. Pero una de las cosas que más me llama la atención es la prohibición de dejar a los animales atados a las puertas de las tiendas, cosa que antes estaba permitida. En casi todos los supermercados había incluso argollas o ganchos destinados a tal fin.

Las medidas judiciales con las mascotas son muy similares a las de los hijos en casos de separación, ya que se regula la manutención, la custodia, el régimen de visitas, etc.

Carlos Borrás

— Abogado

Otro de los asuntos que ha surgido por la nueva Ley es el tema de custodias y demás medidas en casos de divorcios, ¿las medidas judiciales sobre mascotas son similares a las que se toman con los hijos de la pareja en esos convenios?

Sí, son muy similares a las de los hijos, ya que se regula la manutención, la custodia, el régimen de visitas, etc.

¿Ahora se dan muchos casos de este tipo?

Sí que hay muchos casos de este tipo, aunque antes de la Ley se resolvían de manera similar, por analogía, como un gasto más a asumir en caso de divorcio o incluso un elemento más a 'repartir'.

Se me ocurre que la violencia vicaria también podría ejercerse con una mascota: hacer daño a tu ex, maltratando o matando al animal que tienen en común, ¿se tiene en cuenta este supuesto a nivel judicial?

Podría ser, desde luego es un supuesto que seguro que se da, pero realmente no he tenido conocimiento de ningún caso de este tipo.