Entrevista

Marta Madrenas, diputada de Junts en el Congreso: "Los umbrales de velocidad punibles en España son una locura, deben rebajarse"

A 100 km/h en ciudad o a 200 en una autopista. Es la velocidad actual que tipifica como delito el Código Penal en España, muy por encima de los umbrales punibles que fijan países del entorno europeo

La madre de un joven que murió arrollado por un turismo: "La actual ley hace de este país el paraíso de los delincuentes viales"

Marta Madrenas, diputada de Junts en el Congreso. |

Marta Madrenas, diputada de Junts en el Congreso. | / Redacción

R. Prieto

A Coruña
Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

En España aunque se circule a casi el doble de la velocidad permitida, la condena por homicidio imprudente al volante se limita a la retirada del permiso de conducir si el responsable carece de antecedentes. Para corregir esta "laxitud" en el Código Penal, Junts ha registrado una enmienda en el Congreso para reducir los umbrales de velocidad punibles. En un mes, avanza Marta Madrenas, la diputada impulsora de la iniciativa, estará creada la comisión y, entonces , ya podrá ir a pleno. "Si sale adelante, entrará en vigor con la reforma de la Ley de Tráfico por la que se rebajará la tasa de alcohol", detalla.

¿Qué le llevó a registrar esta propuesta para rebajar los límites de velocidad punibles?

Tuve la oportunidad de hablar con María Pilar Rosanes, que desde que su hijo murió en 2020 tras ser arrollado con su moto por un turismo en Dumbría trabaja o para hacer posible que otras personas no se encuentren en la misma situación con la que se encontró ella. Esto no va a afectar para nada a su caso. En nuestro grupo creímos que su reivindicación de rebajar los límites punibles de velocidad era absolutamente pertinente. Los umbrales actuales en España se apartan bastante de las últimas recomendaciones tanto en Europa como la OMS. La gente no es consciente de que cuando conduce tiene entre sus manos una máquina, que aunque es muy útil también puede llegar a ser muy peligrosa dependiendo de la actitud del que esté conduciendo. Es su decisión apretar o no el acelerador. Por eso creímos muy acertado rebajar las velocidades punibles para acercarnos a las establecidas en países de nuestro entorno.

Para que el ciudadano de a pie entienda la reforma que se plantea, ponga un ejemplo.

Si la velocidad permitida en una vía urbana es 40 km/h, para que sea reprobable penalmente en España se tiene que circular por encima de 100 km/h. Mientras, en otros países es delito circular a 70 km/h. Nos parece una locura estos límites punibles, como se lo parecen a la mayoría de los estados de nuestro entorno democrático y como recomienda la propia Unión Europea.

¿Cómo se puede articular esta baja de los límites de velocidad punibles cuando ahora se está tramitando la reforma de la Ley de Tráfico para reducir la tasa de alcohol y tipificar como infracción vial muy grave los avisos de control en redes sociales?

Como hay que tocar el Código Penal, es tocar una ley orgánica, y por tanto solo se puede presentar en otra ley orgánica y que esté relacionada. Fue precisamente el buen destino, o no sé cómo decirlo, que precisamente se iniciaba la tramitación de otra ley orgánica, la de Tráfico. Entonces tenía todo el sentido del mundo presentar esta enmienda en este momento, lo que significa que irá rápido. En 15 días ya tenemos la ponencia y como máximo en un mes estará creada la comisión. Y, por tanto, a partir de un mes, calculamos, ya puede ir al plenario. Si el grupo de Gobierno da su apoyo a esta iniciativa, el calendario de la entrada en vigor sería el mismo que la rebaja de la tasa de alcoholemia.

¿Ya han hablado con el PSOE sobre esta reforma del Código Penal tras presentar la enmienda?

Lo hemos tratado en conversaciones absolutamente informales, por tanto, no puedo avanzar nada.

Antes hablaba de lo importante que es saber que el vehículo puede convertirse en el arma del delito si no se maneja respetando las normas viarias. Aunque se ha avanzado mucho en los últimos años, ¿la sociedad aún ve el delito de tráfico como menos delito que otros?

Esa percepción va a menos. Hoy todos sabemos los peligros que supone en la carretera el exceso de la velocidad o el consumo alcohol. La gente ya sabe que si ha bebido no debe conducir porque se es conocedor de las consecuencias dramáticas que acarrean esos comportamientos. Esta permisividad social se está reduciendo muchísimo. Se ha mejorado muchísimo, aunque seguramente tenemos que mejorar más.

Las víctimas de tráfico reclaman penas ejemplarizantes para el delincuente y restaurativas para las víctimas. ¿El Código Penal a día de hoy no las garantiza?

Más que penas ejemplarizantes, creo que debemos hablar de penas justas. El Código Penal español intenta ser muy equilibrado de un delito a otro. Una cosa es un hurto, otra un robo, otra un homicidio imprudente. En el caso de las velocidades punibles, no hay este equilibro. Yo no creo que se trate de proponer penas ejemplarizantes, sino que sean equilibradas jurídicamente con el propio Código Penal.

En la enmienda habla de umbrales que suponen una «permisividad y laxitud excesivas».

Absolutamente. Es decisión de uno mismo, pisar el acelerador a fondo para sobrepasar casi en el doble la velocidad permitida. Esto se tiene que tipificar como un dolo, ya que presupone una voluntad de querer posiblemente infringir un daño porque todos sabemos que un exceso de velocidad tan desproporcionado puede causar situaciones muy dramáticas. Esta conciencia del aumento de riesgo que se produce al superar en tantísimo la velocidad máxima permitida, debe ser tratada porque los actuales umbrales son excesivamente laxos. A día de hoy es punible en velocidad superar en áreas urbanas en más de 50 km el límite genérico. Eso es ir como un loco por medio de la ciudad.

¿Son suficientes las penas en materia de Tráfico o los jueces son laxos en su aplicación?

Cada vez esto va pasa menos. Los jueces aplican la ley que hay por eso queremos promover este cambio. Seguramente haya jueces que se sientan impotentes viendo casos gravísimos, pero el Código Penal les impide dictar otra sentencia. El legislador está para dar herramientas a los jueces y también para captar lo que la sociedad en su conjunto cree que es necesario. Superar en tanto la velocidad permitida a sabiendas es en sí un hecho que tiene que saber que puede fácilmente dañar a terceros. Y esto tiene que ser punible.

Solo entre un 2% y un 3% de los conductores que delinquen ingresan en prisión. Y la mayoría de los que hacen no son homicidas, sino multirreincidentes. ¿Qué lectura hace de este dato?

Este es un motivo más por el cual pretendemos cambiar esta ley, porque hasta ahora la situación que se tenía que producir para considerarse un homicidio imprudente, ya era muy difícil que se diera. Al ser una primera condena si es a menos de 2 años, aunque sea un caso grave, no se entra en prisión, pero si eres reincidente al tener antecedentes, sí se entra en la cárcel. Con esta propuesta se intenta solucionar esto, dando la herramienta al juez para que ya a la primera condena, cuando se supera tantísimo lo que exige un mínimo de prudencia al tomar el volante y con estos resultados de muerte, de homicidio, se pueda entrar en prisión a la primera.

¿Qué sensación le queda cuando escucha a las víctimas decir que la actual ley hace de este país el paraíso de los delincuentes viales?

Conmueve muchísimo. Las víctimas no se mueven con espíritu de venganza, sino propositivo y positivo de que otras personas y otras familias no vivan el drama que las familias lamentablemente han tenido que vivir y ver que la administración, el Estado, no está de su lado. Al hablar con Pilar sobre la situación actual de los umbrales de velocidad punibles, me abrió los ojos a la situación de desprotección que viven las víctimas cuando suceden situaciones tan terribles como estas.

Suscríbete para seguir leyendo