Tribunales
Condenado el director de un hostal de Barcelona por impedir alojarse a una persona con discapacidad mental por "oler mal"
Afirmó que el establecimiento hotelero no estaba "para atender a gente enferma mental"
Barcelona ofrecerá cuidadores y colonias a 353 familias con discapacitados a cargo

El juicio se celebró en la Ciutat de la Justícia de Barcelona / JOAN CORTADELLAS


Germán González
Germán GonzálezPeriodista.
El Juzgado Penal número 18 de Barcelona ha condenado al director del Casa Barcelo Hostel de Barcelona a un año de inhabilitación para el ejercicio de su profesión en la hostelería por un delito de denegación de prestaciones. La sentencia establece que el 14 de noviembre de 2022 un joven que sufre una discapacidad psíquica del 65% se dirigió a este establecimiento, ya que la entidad que lo tiene tutelado le había reservado una cama compartida en una habitación.
La fundación hizo la reserva a través de una web especializada para cuatro noches y por eso la recepcionista consultó con el director y administrador de la empresa que gestiona el hotel, el condenado, al advertir que el cliente sufría una discapacidad. La sentencia indica que el responsable del alojamiento instó a la recepcionista a denegar la habitación con el pretexto de no encontrar la reserva, que estaba pagada.
La juez considera que "los sentimientos de rechazo e intolerancia hacia la discapacidad psíquica" del cliente por parte del condenado hicieron que no pudiera disfrutar del hospedaje al que tenía derecho y que tuviera que buscar otro lugar en el que dormir, tras las gestiones de emergencia del personal de guardia de la asociación que lo tutelaba. La víctima, que está declarado como persona con discapacidad por un retraso mental leve desde 2007 por un juzgado de Martorell, iba a dormir en una habitación compartida con ocho camas y la asociación que lo tutela pagó más de 70 euros que le fueron devueltos por el hotel.
En el juicio, la recepcionista explicó que no encontraba la reserva y que por eso llamó a su jefe y le explicó que el cliente "olía mal". También declaró que el condenado le dijo que sin reserva y con mala olor corporal no podía quedarse. Tanto la recepcionista como su superior condenado negaron que se impidiese el alojamiento por la discapacidad mental del joven cliente y argumentaron que simplemente no encontraron la reserva.
La víctima declaró ante la juez que la entidad que lo tutela le había buscado un hospedaje de emergencia, ya que se había peleado con su compañero de piso y que llegó al establecimiento después de entrenar a fútbol. El joven relató que la recepcionista le dijo que antes había tenido "problemas con otro chico con discapacidad que había intentado violar a una chica" y por eso no podía quedarse. Pese a que contactó con el personal de la fundación y hablaron con la entidad desde el hotel le instaron a irse y le dijeron que olía mal.
Al día siguiente, la responsable de la fundación acudió al alojamiento y habló con el recepcionista que estaba en ese turno quien le explicó que no admitían el hospedaje de personas de entidades tutelares. Tras poner una reclamación habló con el condenado, como director del establecimiento, quien le dijo "de malas maneras que no aceptaban a personas con discapacidad, que el hotel no era un sitio para atender a enfermos mentales", según la sentencia.
La responsable de la entidad también declaró en el juicio que el director le dijo que el joven "olía mal y que el motivo de denegarle el alojamiento eran las dos cosas". La persona de la fundación que estaba de guardia la noche que ocurrió el incidente explicó ante la juez que la recepcionista le contó que el hostal "no admitía a personas procedentes de fundaciones" que tutelan personas con discapacidad.
En la hoja de reclamaciones que interpuso la responsable de esta entidad consta que el condenado le dijo "que no admitían a gente de entidades tutelares para proteger al resto de residentes del hotel, por no ser un establecimiento adecuado para atender a 'gente enferma mental' y por haber tenido un precedente caso de abuso sexual con una persona de semejantes características".
Para la juez la declaración de la víctima y el personal de la fundación es suficiente para condenar al director del hotel y considera que la denegación del alojamiento por falta de reserva era "un pretexto". Además, indica que desde el establecimiento no se ofreció al cliente la posibilidad de ducharse y asearse como condición para quedarse. Por eso lo condena a un año de inhabilitación para desarrollar su profesión como administrador de hotel y a indemnizar a la víctima con 500 euros por el daño moral causado.
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